Volver al foro
pompella
pompella
06/09/2009 16:42

PRESIDENTE........Junta Extrordinaria

¿Debo soportar la barbacoa construida por mi vecino debajo de mi propiedad si la mayoría de los vecinos no se ven afectados?

2.259 lecturas | 4 respuestas
Hola amigos! necesito vuestra opinion......el tema es el siguiente: la reunion es para devatir varios puntos de interes para toda la comunidad, pero hay uno en concreto que me es importante. LA BARBACOA construida por el vecino justo devajo de mi propiedad.......
 Ya expuesto todo lo referente de la ley al ADMINISTRADOR ( gracias ,Jucuru ).
Mi pregunta es.....en caso de votar como normas internas en una finca de 10 vecinos, de construccion menos de 4 años ( saliera el si, a la barbacoas )  tendria de soportar la Barbacoa como unico afectado...( PUESTO QUE LA MAYORIA VIVEN EN LA PARTE PRINCIPAL DEL EDIFICIO Y NO LE AFECTAN PARA NADA EL HUMO NI LOS OLORES) y el piso que esta al lado del mio otro afectado esta en venta. ( y no quiere problemas....ni se presentara en la reunion).
GRACIAS........Un saludo para todos por vuestra informacion.
 
pompella
pompella
11/09/2009 08:41
GRACIAS!  El ayuntamiento tiene normativa de barbacoas............Puede recibir multa administrativa y devera poner remedio al humo y a los olores.
ESPERO SOLUCION POSITIVA  Y PONER REMEDIO A DICHO PROBLEMA.
 
Tener una buena informacion ( es de utilidad para poder comiunicar e informar ), a una comunidad nueva y servir de precedente de que no se puede hacer lo que se quiera y menos probocar perjuicios a terceras personas.


Un saludo a todos que haceis posible este foro.
 
1
1261932
09/09/2009 21:35
POMPELLA: JUCURU te ha informado correctamente, se ajusta a los Artículos del Estatuto de la LPH, que hacen referencia a tu caso. Estos son suficientes para impugnar los acuerdos de la JUNTA.
Aparte de todo ello, ya sabes que tienes que estar al "corriente" de las cuentas de la Comunidad.
Gavilan.
 
J
JUCURU
07/09/2009 07:39

En este foro ya lo he comentado muchas veces, para impugnar hay que buscarse abogado y poner demanda en el juzgado, en caso que te decidas, es el abogado el que mejor te dira como debes afrontar este asunto aunque a muchos solo les interesa sacar dinero, hay que tomar precauciones.

En este caso habria que enfocarlo amparandonos en el articulo 7 mas concretamente en el parrafo que dice....2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en el o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas....... Pero esto hay que demostrarlo

Y en el supuesto C del articulo 18 que dice.....c. Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.   Si solo te perjudica a ti este supuesto encajaria con tu caso, aunque lo mas importante es poder demostrar que incumple las normativas vigente.

 
J
JUCURU
06/09/2009 20:41
En caso que se apruebe como norma de regimen interno el mantenimiento de la barbacoa, te quedaria el derecho de impugnar el acuerdo, para adquirir tal derecho salvas el voto, con ello tienes tres meses para poner demanda a la comunidad para anular el acuerdo, pero antes debes enterarte en el Ayuntamiento si la barbacoa imcumple las normas del plan general de ordenacion urbana (en caso que tu ayuntamiento lo tenga aprobado ) o el organismo que tenga esta competencia, no vaya a ser que la barbacoa cumpla las normas.

Pra salvar el  voto debes asegurarte que el acta recoja el texto que te pego al final, lo llevas escrito y en caso que la votacion sea favorable a que la barbacoa se quede como esta, se lo das al administrador y pides delante de testigos que lo incluya en el acta, si no lo haces asi luego te puedes encontrar qu el acta diga algo que no te sirva.

La otra opcion es la que te dije, averiguas si no cumple las normativas vigentes y lo denuncias, en esto pasa como con los ruidos mientras no sobrepasen los 50 decibelios no se puede hacer nada

“D. xxxx hace constar expresamente que al amparo del art. 18.2 LPH salva su voto pues no está conforme con el acuerdo propuesto, vota en contra de su aprobación, y además manifiesta su intención de impugnarlo judicialmente si fuera necesario.”
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento