Buenos días,
Mi consulta está relacionada con el uso de tendederos, que por lo que he podido ver es un tema que da para mucho.
Tengo instalado debajo de una de las ventanas de mi casa un tendedero. Según las normas internas de la comunidad, y despues de ser aprobado por mayoría hace unos 6 años, cuando se constituyó la comunidad de propietarios, se autorizó a instalar tendederos siempre que fueran tipo fuelle. Que es exactamente lo que algunos vecinos tenemos puestos.
Sin embargo, una vecina no está conforme y ha propuesto el tema tendederos para el orden del día de la proxima reunión que tenemos el lunes 19 de octubre. Esta vecina amenaza con denunciarnos si no quitamos el tendedero.
Ante todo, que quede claro mi buena fe, porque en el caso de estar haciendo algo "ilegal" yo quitaría el tendedero de inmediato. Pero teniendo en cuenta que está aprobado por mayoría e incluido en las normas de régimen interno creo que no hay nada de incorrecto en tener un tendedero.
Por favor, me gustaría saber que he de hacer al respecto puesto que lo que menos quiero es tener "problemas" con ninguna vecina.
También me gustaría saber, en que caso se puede votar algo que ya ha sido votado y aprobado.
Gracias de antemano, espero haberme explicado bien.