NO te lo pueden prohibir, NO. "La tenencia de animales domésticos está regulada por las respectivas Leyes de Protección de los Animales, que especifican las condiciones para que ello sea posible. Las normas de régimen interior, regulan una cuestión que está lejos de su ámbito de competencia tanto por la limitación establecida en el ámbito privado que les está vedado como por establecer limitaciones que afectan a la Ley de Protección de los Animales". Véase tambien: http://www.el-mundo.es/suvivienda/2004/356/1089928808.html
