Si la derrama hubiera sido insuficiente, y hubiera que poner más dinero ¿te lo pedirían a tí o al anterior dueño?.
Una vez vendido el piso, tu eres el propietario, y la comunidad debe olvidarse del anterior. De hecho, según la ley, tu respondes de las cuotas de comunidad del último año, si hubiera alguna pendiente, para eso se incorpora a la escritura el certificado de la comunidad de estar al día en las cuotas.