nmori me parece que el sentido de la sentencia es considerar que todo elemento duradero, voluminoso y con uso de coberura en una terraza que requiera algún tipo de sujección, debe atenerse a las normas de la comunidad en cuanto a su estética. Si te refieres a un cenador con ruedas, me pregunro si existe o si es realmente práctico.
En estos casos si las normas son para toda la comunidad y se aplican a todos por igual, es siempre preferible hacer caso a la comunidad, aunque uno pueda tener la duda de que tal vez la ley le ampare.
Editado por qwertysome 24/01/2012 8:58