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L
Laiv
10/11/2010 20:31

Votaciones

¿Es correcta la votación sobre la ubicación de los aires acondicionados en mi edificio?

2.731 lecturas | 6 respuestas

Hola, soy nueva por aquí y no se si este es el lugar adecuado para mi pregunta, si no lo es perdonar.

La cuestión es que recientemente se ha rehabilitado la fachada de mi edificio, y para llevar a cabo las obras se tuvieron que retirar los aires acondicionados, que cada uno había ido colocando donde le pareció.Pues bien, ahora que ya han acabado las obras y se han de volver a colocar, se ha decidido, que no se pueden poner en la fachada, con lo que eso implica para los vecinos que ya lo teníamos allí puesto.

La forma de tomarse esta decisión fue la siguiente: se realizó una reunión a la que sólo asistieron 18 vecinos de un total de 22 más 2 locales.

En la votación 4 se abstuvieron, 7 (con cuota de participación del 11'83%) votaron en contra de ponerlos donde estaban previamente, y 7 (con cuota de participación del 10'01%) votaron por volver a ponerlos donde estaban.

¿Alguien me puede decir si esta votación es o no correcta? He estado leyendo sobre la unanimidad y las mayorías y los dos cómputos en las votaciones, pero no me entero de nada, así que si algún entendido me lo puede explicar de forma clara, lo agradeceré.

 
M
MACADI
12/11/2010 13:00

En caso de que no tengas los apoyos necesarios para convocar una junta, sí puedes incluir el asunto en la siguiente junta que convoque el presidente: artículo 16.2 de la Ley: 

"Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al Presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre."

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Así que se lo das por escrito al presidente  y  tiene la obligación de incluirlo en el orden del día.  

Saludos

 
M
MACADI
12/11/2010 11:31

por otro lado me resulta extraño el porcentaje de los coeficientes que has escrito:  entiendo que los que no han votado tienen más del 77% (8 pisos y dos locales) .

 

Saludos

 
M
MACADI
12/11/2010 11:23

Es el artículo 17 de la Ley.

 

4ª. Para la validez de los demás acuerdos bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.  En segunda convocatoria serán validos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.

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Para convocar una nueva junta, en caso de que el presidente no quiera, sólo necesitas tener el apoyo del 25% de los propietarios y que a su vez representen al menos el 25 % del coeficiente. Le entregas un escrito firmado por los vecinos que te apoyan y el presidente tiene que convocar una junta extraordinaria, en caso de que no lo haga, la puedes convocar tú y presidir tú.

Saludos

 

 

 

 
L
Laiv
11/11/2010 18:03

Tienes razon NV75, pero yo no puedo obligar a la gente, todos sabemos lo que pasa en las comunidades, a las reuniones siempre van los mismos...

MACADI, no creo que acepten convocar otra reunion, porque si ya se convocó una, explicando los puntos a tratar y la gente no acudió... pero el tema de la aprobacion en segunda convocatoria y que no se cumplen las dos condiciones me interesa. ¿Me podria acoger a esto para conseguir que el acuerdo fuera nulo? ¿Me podrias facilitar en que punto de la ley de propiedad se refleja esto de la mayoria de votos y mayoria de coeficientes? o si se recoge en otra ley...

Muchas gracias a los dos por vuestra ayuda

 
NV75
NV75
11/11/2010 13:45

Conviene siempre ir a las reuniones de veciones o delegar el voto en alguien de confianza para que no pasen estas cosas...

saludos

 
M
MACADI
11/11/2010 09:49

En estos casos lo mejor es realizar una nueva junta  para tratar de nuevo el asunto e intentar que vayan  los vecinos que no han acudido, o que cedan su voto a otro vecino, es decir que estén en la junta presentes o representados el máximo de vecinos. 

Tal vez, haya un resultado más claro.

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Para aprobar un asunto en segunda convocatoria tiene que haber mayoría de votos y mayoría de coeficientes. En este caso no se cumplen las dos condiciones.

Saludos

 

Fin del hilo
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