Es una práctica muy extendida y desde el punto de vista jurídico es completamente ilegal.
Yo sufrí ese problema como hijo y presidente delegado por mi padre. Consulté a una asesoría jurídica y me dijeron, entre otras cosas, que si yo iba un juicio representando a la Comunidad, cualquier juez consideraría a la parte de la Comunidad "no presentada" con todas las consecuencias que ello pudiera acarrear. Si no era el mismo juez "con motu propio" , ya tendría a bien la parte contraria en recordárselo y ganar el juicio por incomparecencia.
Todas las reuniones serían impugnables, etc. etc. Consecuencias jurídicas para mi padre o mías directas no habría muchas, pero sí para la Comunidad.
Como estábamos inmersos en un proceso judicial contra un inquilino al final me pasaron el turno.
No sirve de nada que se refleje en acta, poder notarial, delegación expresa, ni unanimidad de los vecinos. Para ser presidente hay que ser propietario.
No obstante, dos años después fui presidente "de facto". Resolví y firmé cuantos actos tuve que hacer frente (no tuve que ir a juicio), y pasé mi cargo al año siguiente.
Prácticamente todos los presidentes/as de elevada edad que salen elegidos presidentes, son ayudados o su labor ejercida por sus hijos/as. Pero te pueden atacar fácilmente, si hay mala fe o un pleito por medio.
Saludos