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A
alargo
24/01/2011 15:23

duda sobre pago comunidad

¿Es legal que la comunidad se pague por portal en lugar de por coeficiente?

6.443 lecturas | 41 respuestas

Hola, buenas tardes, os comento, tengo una vivienda desde hace 7 años, en principio el administrador que nos la llevaba nos dijo que la comunidad la pagabamos por coeficiente (somos 10 portales de 6,10,16,20 vecinos) mas o menos pagabamos todos lo mismo, ya que las viviendas eran muy parecidas, pagabamos entre 45 y 55€ al cabo de 2 años se cambio de administrador y el que entro nuevo dijo que la comunidad se debe de pagar por portal y no por vecino, pasando de pagar en mi caso de 52€ a 110€  ya que mi portal somos 6 vecino y los de 20 vecinos pagan 50€, se aprobo en junta que lo que estubimos pagando de menos esos 2 años teniamos que abonarlo, asi se hizo, mi duda es: la ley es asi o no? creo que estoy pagando demasiado ya que otros vecinoscon viviendas mas grandes que la mia pagan menos de la mitad, gracias de antemano y a ver si me podeis ayudar

 
I
Isagnm12
14/02/2011 15:14

Hola Alargo,

La División Horizontal te puede decir, a parte de tu coeficiente (que es el que ya tienes), si en tu Comunidad hay una forma especial de pagar.

La norma general es que los pagos se hagan por coeficiente, sin embargo, en ocasiones y para algún servicio, se establecen normas puntuales.

Yo no pagaría, de momento, los 150.-€ que dices. El Administrador por lo general debe tener copia de la DH y tiene obligación de facilitarla a cualquier propietario.

Según los gastos que tengáis en vuestra comunidad podríais tener distintos grupos y el importe final no sería una regla de tres.

Otras preguntas...¿ Cuándo se aprobó este cambio, constaba en el Orden del día el acuerdo a realizar en concreto? Si no constara, y más teniendo en cuenta los perjuicios que supone para ti, no debería haberse aprobado. Si fuera así, ojo, pues hay plazo para impugnarlo.

Ante cualquier duda...quedo a tu disposición.

Un saludo,

 
optimizo
optimizo
14/02/2011 14:44

Es posible que haya otra escritura de la mancomunidad y tu estes mirando la de tu subcomunidad, lo lógico es que te sientes con tu administrador de fincas que para eso le pagais y os lo explique desde aqui podemos hacer todas las conjeturas pero sin información es imposible dar una buena respuesta.

Sientate con el y que te lo explique y luego con toda la información si te quedan dudas, yo estoy a tu disposición.

En principio una mancomunidad es lo que estas comentando cada edificio solo se sostiene por las aportaciones de sus vecinos y la mancomunidad por las aportaciones de los edificios, yo creo q está bien, pero sientate con tu administrador y que te lo explique.

No entiendo lo del otro administrador que va por lbre dentro de su edificio deberian pagarse igualmente por cuotas, preguntale tambien a tu administrador sobre esto.

Un saludo

 
daigual
daigual
14/02/2011 14:10

En cuanto a lógica, solo decir que la ley a veces no la utiliza, o al menos no la utiliza de la misma forma que nosotros.

Cualquier propiedad, sea del tipo que sea, está obligada a contribuir con cualquier gasto general use o no el servicio en cuestión, salvo acuerdos en contra, pero lo general es que todos contribuyen a todo.

 
daigual
daigual
14/02/2011 14:08

Estamos empleando demasiadas palabras para definir lo mismo, así que sería interesante usar una misma palabra siempre para un mismo elemento.

Tu cuota edificio será aplicación a los gastos de ese "edificio" y tu cuota de portal será aplicable al gasto de "portal".

También debes mirar la cuota asignada a esos propietarios con los que te has comparado antes, por si tienen o no la misma que tu y como te he dicho, lo mejor es que preguntes a tu administrador, o lo cambien por otro.

 
A
alargo
14/02/2011 13:58

Bueno en la mia tambien pone que si hubiese locales estos estarian exentos de los gastos de ascensores, limpiezas de portales etc, algo logico tambien, pero no hay locales

 
M
MACADI
14/02/2011 13:52

Entiendo que si  cada bloque es una comuidad independiente, y si no pone nada los estatutos en sentido contrario hay que aplicar el coeficiente.

En los estatutos de mi comunidad sí viene específicado la contribución de los garajes, de los locales y de los pisos a los gastos.

Saludos

 
A
alargo
14/02/2011 13:51

daigual, pero el problema es que en la escritura viene mi cuota en el edificio y mi cuota en el portal, pone que tengo un coeficiente del 0.807 en el edificio y un 16.66 del portal, esntonces que?

 
daigual
daigual
14/02/2011 13:48

Salvo acuerdos unanimes en contra, a igual cuota asignada en escritura igual contribución a gastos generales de comunidad

 
A
alargo
14/02/2011 13:43

Macabi. te comento, 1 mancomunidad constiutuida por 5 bloques, cada bloque consta de 10 portales, y cada portal de varias viviendas, 2 de 6, 2 de 8, 4 de 12y 2 de 24 aproximadamente cada bloque es una comunidad independiente,

 

Daigual, te comento segun escrituras yo tengo un 0.807 de coeficiente y pago 110, y el de otro portal tiene el mismo que yo y paga 40, por que son 24 vecinos mientras mi portal somos 6

 
daigual
daigual
14/02/2011 13:37

No son datos suficientes para saber si está o no está bien.

Cual es la cuota asignada en escrituras que tienes tú y cual es la que tiene cualquier otro que paga más o menos que tú. Eso es lo que cuenta realmente, y la mejor forma es que te la explique quien aplica esos valores o hagas un estudio exhaustivo de las escrituras.

Está bien o está mal es algo que dependerá de estas circunstancias y de los acuerdos a los que hayan llegado en su comunidad.

 
M
MACADI
14/02/2011 13:28

Entonces en tu bloque/portal hay un presidente, que convoca juntas y tiene un libro de Actas distinto al de otros bloques. La previsión de gastos es distinta a cada portal/bloque.

Tomáis decisiones individuales en cada bloque, es decir, contratáis a empresas distintas. O por el contrario se hace en conjunto para todos los portales.

 
A
alargo
14/02/2011 13:09

si los gastos de la mancomunidad eso si esta bien, la cosa esta que en mi comunidad en mi bloque, el administrador esta dividiendo los gastos de cada portal entre los vecinos del mismo, mi caso 6 vecinos en mi portal, pagamos 110 € otro portal tiene 24 vecinos pagan 40€ eso esta bien o no?

 

 
daigual
daigual
14/02/2011 13:02

Que se lleve por el artículo 396 quiere decir que los gastos se hacen por ley, o sea según cuota asignada en escritura.

Sí tu bloque tiene que responder del 22,60%, lo que tienes que ver es cual es el presupuesto anual de la comunidad general y en base a ésto, te corresponde la parte proporcional del presupuesto anual, es decir, que si sois 110 vecinos en tu bloque tienes que repartir este 22,60 entre los 110 vecinos.

Si a parte de estos gastos generales a los que tu bloque contribuye con un 22,60% y tú a la 110 avas partes de este 22,60%, tienen otros gastos particulares de bloque. Tendrás que, además de lo dicho anteriormente, pagar un 0,8 de éstos gastos particulares de bloque.

 

En resumen, todo va por cuotas asignada en escritura, salvo que hayan llegado a otro tipo de acuerdos en su comunidad.

 
A
alargo
14/02/2011 12:54

a ver si me explico, existe una mancomunidad de 5 bloques de edificios,cada bloque consta de 110 viviendas , de las cuales 1 bloque es el mio, de los 5 bloques que hay 4 los lleva el mismo administrador(que es el mio). el otro administrador esta haciendo los gastos de comunidad por coieficiente y mi administrador esta repartiendo los gastos de cada portal entre los vecinos de cada portal y los gastos de zonas comunes por coeficiente, lo que al fin y al cabo es saber si este administrador lo esta haciendo bien o no? arriba he puesto lo que pone en la escritura de la division horizontal, en los estatutos no pone nada de que los gastos se deban repartir de una manera ni de otra, solo pone que la comunidad se debe regir por el aritculo arriba 396 como arriba indico

 
optimizo
optimizo
14/02/2011 12:39

No entiendo muy bien tu última consulta pero si hay una mancomunidad es porque hay distintas subcomunidades que la conforman de tal manera que los gastos de cada subcomunidad los deben sufragar los vecinos de ese portal con arreglo a sus coeficientes de participación (a menos que se haya establecido posteriormente otra cosa) y los de la mancomunidad entre las subcomunidades en arreglo tambien a los gastos de participación de las mismas en la mancomunidad.

Un saludo

 
A
alargo
14/02/2011 12:21

a ver hay una mancomunidad de la cual mi bloque paga el 22, 60% hasta hay ok, dentro de esa mancomunidad hay 5 comunidades de 110 vecinos de las cuales una es la mia, pero no pone nada que dentro de esta comunidad la de mi bloque haya mas subcomunidades, entiendo yo, por que segun entiendo para hacer lo que esta haciendo mi administrador lo de dividir los gastos de cada portal enrtre los vecinos de dicho portal deberia ser una subcomunidad? pero por mas que leo no veo nada de eso, no se, vosotros entendeis mas que yo

 
daigual
daigual
14/02/2011 12:06

Si en tu caso hay una comunidad general y subcomunidades, tendrás dos valores distintos a la hora de contribuir con los gastos generales. Los dos tienen que tener una suma total de 100%, y pagarás por un lado un porcentaje de la comunidad general y por otro un porcentaje de la subcomunidad a la que perteneces. El porcentaje de la comunidad general, deberá ser menor que el de tu subcomunidad dado que sois menos en vuestro bloque ypor tanto cabeis a más de ese 100%.

 
A
alargo
14/02/2011 10:36

a ver os comento: ya tengo la copia de la division horizontal, se la pedi al administrador y me la ha dado, punto uno somos una mancomunidad compuesta por 5 bloques de 110 vecinos cada uno, de los cuales 1 bloque lo lleva otro administrador y pagan respecto al coeficiente de cada vecino y no al de los portales o escaleras.

En la escritura pone el coeficiente individual de cada vecino y el correspondiente a cada vecino en su portal, tengo tambien los estatutos de la comunidad, dice que la comunidad se regira por el articulo 396 del codigo civil del 21 de Julio de 1960 modificado el 6 de Abril 1999

 
daigual
daigual
13/02/2011 13:57

Contra el defecto de preguntar, está la virtud de no contestar, no es tal que así, pero se puede adaptar a este caso, y es que hay administradores que es para echarles de comer aparte.

 
optimizo
optimizo
11/02/2011 16:55

Vamos a ver en el registro de la propiedad que te corresponda pides copia simple del titulo constitutivo de la comunidad tambien puedes hacerlo por internet en la pagina del registro de la propiedad.

Hay dos posibilidades:

-Es una mancomunidad con lo que cada edificio suma 100 y paga en función de los gastos del mismo por un lado y luego entre todos los edificios suman otra vez 100 y contribuyen a los gastos comunes.  Es decir los gastos de ascensor, limpieza.. de cada edificio los pagan los miembros de cada edificio y los comunes a los edificios jardines por ejemplo se pagan entre todos los edificios.  En este caso podría tener lógica lo que comenta pero tendria que haber dos coeficientes uno del bloque respecto a la comunidad y otro suyo respecto a la subcomunidad.

-Que la suma de los coeficientes de participación de todos los propietarios de todos los edificios sumen 100, en ese caso el pago es en arreglo al unico coeficiente de participación.

Preguntele al administrador si ustedes constitutiyen una mancomunidad con cada edificio siendo una subcomunidad o son una única comunidad.

Un saludo

 
daigual
daigual
11/02/2011 11:06

Lo mejor entiendo es buscar un abogado pero por regla general, los administradores suelen ser abogados, así matas dos pájaros de un tiro. 

En el plan que está, "elenasf" no creo que su administrador esté por la labor de facilitarle nada.

 
elenasf
elenasf
10/02/2011 17:20

Tu administrador tiene la copia, no des mas vueltas, dile que te deje verlo, olvidate de abogados

 
A
alargo
10/02/2011 17:14

si, pero a quien voy a un administrador o a un abogado?

 
daigual
daigual
10/02/2011 15:49

Me resulta chocante lo que comentas del registro de la propiedad y lo caro que te quieren cobrar por una copia.

En cuanto al problema lo interesante sería tener claro que es lo que hace su administrador realmente y que es lo que está obligado a hacer, por ello la necesidad de estos documentos.

En tal estado, sino aclaras nada solicitando información a tu presidente o administrador, lo interesante sería ponerte en manos de un profesional que estudie la realidad de tu comunidad y te asesore de como actuar, aunque lo normal en estos casos es tragar o demandar en el juzgado.

Debes pensar con tranquuilidad y luego actuar en consecuencia.

 
elenasf
elenasf
10/02/2011 14:53

Seguramente el anterior administrador estaba aplicando mal los gastos, cogiendo el 100% de los gastos y aplicando el coeficiente general (que en tu vivienda es el 0,807)
Supuestamente. El nuevo Administrador cuando ve la escritura de división horizontal se da cuenta que hay varios grupos de gastos (el general y portal) Te aplica para gastos generales jardines, portero etc tu coef. General 0,807 que es tu coeficiente para esos gastos.
Y el 16,66 para los gastos de TU portal.
Es la manera correcta de aplicar gastos, siempre que en la escritura ( que creo que es así sino no tenería sentido que te ponga en tu escritura que tienes un 16,66 de portal) diga que el reparto de gastos es esta.
 

 
A
alargo
10/02/2011 13:51

si, eso si me lo dieron en el registro y no pone nada de que se deba dividir los gastos de los portales entre los mismos,

 
M
MACADI
10/02/2011 13:41

Has leído los estatutos a ver si ponen algo sobre el asunto

 
A
alargo
10/02/2011 13:32

a ver buenas de nuevo despues de ir 3 veces al registro y que no me den nada, me mandan al notario y me dice que me lo pueden dar pero me soplan mas de 150 pavos, vamos en definitiva que estoy casi igual, pero me han dicho que si en mi escritura pone ese coeficiente en lo otro tambien, llevoi mirando los desgloses que el administrador nos da y lo que nos esta haciendo es cobrar los gastos de cada portal entre los vecinos de dicho portal y los de la comunidad, jardines portero y demas por el coeficiente, eso se puede hacer, a quien debo acudir ahora para reclamar a un administrador a un abogado?

 
A
alargo
27/01/2011 23:27

eso hare, ha ido mi mujer al registro y le ha dicho que le tengo que decir que para que es, a si que el sabado voy a ir a pedirlo yo, y la han dicho que tardara 2 dias o asi, que me lo enviaran por correo, de todas formas en las escrituras de mi casa pone que tengo un coeficiente del 0.807 del blo que y el 16.66 de mi portal

 
daigual
daigual
27/01/2011 13:49

Alargo, a ver cuando tengas las escrituras si nos comentas algo más al respecto y saber como acaba la historia.

 
M
MACADI
27/01/2011 09:39

También es importante leer los estatutos de la comunidad.

en los de mi comunidad tratan el asunto aunque ahora no recuerdo.

--------

Lo que dice el nuevo administrador seria si cada portal fuese una comunidad distinta y todos formasen una mancomunidad.

------

Lo que no entiendo es que un administrador haga esto, no será que algún vecino de los portales beneficiados era el presidente en ese momento, o él que busco al nuevo administrador.

 

 

    

 
daigual
daigual
26/01/2011 17:09

Según el coeficiente te corresponde pagar ese tanto por ciento del total de gastos, así que si fuera el presupuesto anual de 1000 tendrías que pagar algo más de 8 euros. La copia no vale muy cara entre 10 y 20 euros, pero si ya tienes el valor de la cuota clara, lo único que tienes que hacer es la operación correspondiente.

 
A
alargo
26/01/2011 16:13

y otra cosa, cuanto me van a cobra en el registro por ese papel? lo saben?

 
A
alargo
26/01/2011 16:02

eso creo yo tambien, por eso mi duda, claro esta he mirado mi escritura y dice que tengo un coeficiente del 0.8070 del bloque por tanto deberia de pagar como se hizo al principio unos 55 € y no 110 € como pago ahora por ser 6 vecinos en mi portal, cosa que otro portal que son 24 vecinos pagan solo 30 €, mañana voy alk registro e ire a ver a algun administrador que no sea el mio y me informare mejor, si sabeis algo gracias, os ire informando

 
M
MACADI
26/01/2011 13:57

La cuota de comunidad se paga por coeficiente de cada piso. 

Os están tomando el pelo pero bien.

 

 

Saludos

 
daigual
daigual
25/01/2011 13:58

Lo mejor es que hables con alguien que sepa de que va todo esto o que te informes debidamente de todo lo que rodea a este asunto. No es tan sencillo como para arreglarlo desde aquí con un simple comentario.

 
optimizo
optimizo
24/01/2011 20:06

Los cuotas de participacion de cada vivienda y si se establece el reparto de gastos por cualquier otro medio o si se establece alguna limitación en los pagos por ejemplo los locales no pagaran los gastos de limpieza de escalera y ascensor.

Un saludo

 
A
alargo
24/01/2011 19:19

soy muy torpe en estos asuntos, perdon, pero exactamente en la escritura de division horizontal que tengo que ver para saberlo? gracias de nuevo

 
optimizo
optimizo
24/01/2011 15:39

Como bien le han indicado debe acudir al registro de la propiedad o en su misma web y pedir copia simple de la escritura de division horizontal allí estará el reparto de gastos en función de que porcentajes se establece y si corresponde a algun vecino algun tipo de excepcion.  Tambien debe consultar los estatutos por si dicen algo al respecto.

Si no hay modificacion posterior tomada por unanimidad esto es lo unico valido.

Un saludo

 

Fin del hilo
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