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ana188
13/02/2011 03:09

juntas de vecinos

¿Cuándo debemos plantear una nueva junta y si es necesario quórum para tomar decisiones no tomadas en la anterior junta?

4.100 lecturas | 3 respuestas

el otro dia tuvimos una junta de vecinos, somos 12 y acudimos 4, por lo cual no estuvimos las 3/5 partes para tomar una serie de decisiones, que creemos que hay que tomar en mayoria.mi pregunta es cuando devemos plantear una nueva junta, y si en esta segunda hace falta quorun para poder tomar las decisiones que no pudimos tomar en la anterior junta?.soy la presidenta y mi intenciòn era enviar a todos los vecinos una fotocopia del acta de esta ùltima reuniòn,devo hacerlo? o no?

 
daigual
daigual
13/02/2011 14:55

Nada tiene que ver una cosa con la otra. Hay que partir de que la asistencia a juntas no es obligatorio, por tanto no debes contar nunca con que asista un número determinado de propietarios.

Las juntas se celebran siempre que se hayan convocado legalmente y los acuerdos tienen que salir adelante incluso si sólo asiste un propietario.

Para el caso de necesitar los tres quintos, en principio se contabilizan los asistentes y luego sólo se espera a que pasen treinta días por si alguno más quiere manifestarse al respecto. El silencio significa que se está de acuerdo con lo que se aprueba en junta.

Pues eso, las convocatorias se hacen con indicación de primera y segunda, siendo necesario el quorum sólo para la primera y pudiendose llevar a cabo en segunda convocatoria con la única presencia de un propietario, llegado el caso.

Un repaso a los artículos de la ley, en este caso el art. 16. te dará mucha luz a esta y otras cuestiones.

 
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ana188
13/02/2011 13:43

gracias 1261932.. por lo que quiero entender, que en los proximos dias si convoco una reuniòn con los mismos temas no  hace falta que estemos la mayoria.pero creo entenderte que si dejamos media hora la podemos hacer el mismo dia.

siento ser un poco pesada pero soy nueva en esto y con unos vecinos rebotados, que han echo boikot a todas las juntas, el resto estamos un poco perdidos.el rebote de unos pocos vecinos es que por mayoria decidimos prescindir de la sra, de limpieza que llevaba 20 años limpiando en la comunidad sin seguro y el resto hemos dicho que si quiere seguir tendra que ser asegurada por lo que hemos procedido a despedirla . los que estaban a favor de ella, han decidido no asistir a las juntas, por lo que no sabemos, si en las proximas nos vamos a ver igual.pero creo que con tu aclaraciòn mas de uno se va a llevar una sorpresa.

un saludo y gracias.

 
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1261932
13/02/2011 11:18

ana188; si en la Convocatoria que tuvisteis el otro día, te ajustaras a lo que dice el Artículo 16, verás que en esa misma Convocatoria señala que, si en la primera no se consigue quorum, se puede celebrar en segunda Convocatoria despúes de haber transcurrido por lo menos media hora de la anterior, pudiendo ser en el mismo lugar, y en esta solo será exigible la mayoria de los asistentes a la misma.

                       Un saludo.

 

Fin del hilo
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