Hemos llevado a nivel técnico estos informes a juicio y te cuento mi experiencia:
Primero, eso es una demanda a efectuar a nivel comunitario dado que está incluido los viales interiores. Por otra parte, como bien han dicho, la indemnización la cobraría la comunidad, sin tener esta ninguna obligación de dar indemnización a los propietarios de las plazas afectados. Si quieres recibir ese dinero, que asuman ellos de forma privativa los costes.
Segundo, aseguraros bien que se está incumpliendo las dimensiones que suele ser más o menos frecuente, pero debe ser importante. No vayais a juicio por 5 cm menos de ancho en las plazas porque la construcción no es una ciencia exacta y mínimas divergencias suelen ser asumibles. ¿Además, estaís midiendo desde la mitad de la linea delimitadora de la plaza? ¿Se podría solucionar pintando la línea en otro sitio?
Tercero, hablas de que hay pilares que reducen la maniobrabilidad pero según que muncicpios se admite esa circunstancia. En Madrid, creo recordar que en un vial de 4,50 para dos sentidos se admite una reduicción a 3 metros durante 15 metros y que se garantice el acceso a las plazas. O por ejemplo, en el caso de las plazas de garajhe se admite una reducción de anchura del 10% y del 20% nen longitud. ESto depende de cada municipio, no sé cual es tu caso.
No sé... tenerlo muy claro el alcance de esos incumplimientos a ver si os vais a meter en un fregado...