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C
cloudberry
18/06/2011 15:32

Reiniciar una 2ª convocatoria.

¿Es legal reiniciar una reunión de comunidad al comienzo si llega un vecino tarde?

1.805 lecturas | 3 respuestas

Hola !  Resulta que me acaban de  nombrar presidente de mi comunidad y varios vecinos me han comentado si es legal  que la reunión anual, finalizando la 2º convocatoria, -estabamos ya en ruegos y preguntas-, pueda reiniciarse al comienzo de la misma por el hecho de que un vecino, que no estaba presente, llegue a la reunión (que habia comenzado a las 20 h.) y éste vecino en cuestión llegó a las 20h 40´. 

Muchas gracias de antemano.     jc

 
optimizo
optimizo
19/06/2011 00:20

Como bien le han indicado no procede repetición, todo el mundo sabe las horas de convocatorias y el resto no tiene la culpa que este señor llegue tarde, poco se puede añadir a lo ya comentado.

Saludos

 
C
cloudberry
18/06/2011 19:26

Lo primero muchas gracias por responder con tanta prontitud.

La verdad es que simplifiqué para que la respuesta fuera general y asi tener una base. A mí no me parecía lógica la actitud del Administrador, asi que le  pregunté hasta tres veces si lo que estaba haciendo era correcto; a lo que él me contestó que si.

 En concreto lo que ocurrió fue que el administrador al ver que no se aprobaba  las cuentas del presupuesto del año anterior ni se aprobaba las cuentas del próximo año, ni tampoco se aprobaba el presupuesto de obras y pinturas, por que habia mayoria (tanto en votos como en porcentajes),  en contra, yo entiendo que se puso nervioso.

Asi que solicitamos el ultimo punto del día que era la renovación de cargos. Se votó y yo fui nombrado presidente.  Una vez realizada la votación y estando ya en ruegos y preguntas, fue cuando llegó el vecino antes mencionado.

Y, supongo que, al ver la posibilidad de que votando de nuevo, con este vecino, podía revertir lo que acababamos de aprobar (o mejor dicho desaprobar) pues eso fue lo que hizo. Empezó de nuevo la convocatoria leyendo todo desde el principio y se volvió a votar todos los puntos. La balanza cambio de lado y lo que se habia desaprobado se aprobó.  

Me gustaría si es posible alguna referencia legal. He estado mirando la ley de P.H. pero supongo que lo que estoy buscando puede ser que esté es su reglamento de desarrollo o algo parecido.

 

Muchas gracias y disculpa que me haya extendido. Un abrazo.

 
P
PEPE123
18/06/2011 17:38

Para este tipo de cosas hay que aplicar el sentido común.

A las juntas asisten los propietarios que lo deseen,nadie les puede obligar a ir.

Las juntas comienzan a su hora, se desarrollan según el orden del día, se toman los acuerdos oportunos, en cada momento con los asistentes presentes (y representados), y se termina la reunión.

El que llegue tarde puede participar desde ese momento, pero evidentemente los puntos anteriores ya están tratados y terminados.

Imaginate que reiniciais la junta ¿se repite una votación?, o piensa que a las 20,50 llega otro vecino, y a las 9,10 otro.

 

Fin del hilo
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