En cuanto a mayoria de propietarios, la constructora dueña de los pisos solamente tiene un voto.
En cuanto a mayoria de cuotas, la constructora dueña de los pisos tiene la suma de las cuotas correspondientes a todos los que sean de su propiedad.
Es decir para todos los acuerdos que requieran doble mayoria (todos los importantes) es bastante probable que sin el voto a favor de la constructora no se puedan aprobar.
las cuotas de participacion de todas las viviendas o locales viene en la escritura de division horizontal y para cada vivienda en la escritura de venta de la misma.
en los estatutos de la comunidad seguramente vendra el tema de la doble mayoria mas claro. si no es asi, tendras que consultar la LPH.