Hola abri este ,porque el otro no especificaba que era la cuota de mantenimiento el Asunto.
Esto fue lo que lei .Un ascensor facilita la calidad de vida de un vecino que viva en un tercero, un quinto o un décimo piso pero, ¿qué pasa con aquellos que viven en un bajo o que sean propietarios de un local a pie de calle? Pues según la Ley de Propiedad Horizontal, todos los vecinos sin importar en qué piso vivan están obligados a pagar la instalación de un ascensor en el bloque. De lo que sí quedan exentos los propietarios de bajos o locales es de pagar la cuota de conservación y mantenimiento del ascensor.
Aqui dejo el enlace.
http://noticias.es.msn.com/dinero/vivienda/fotos.aspx?cp-documentid=159336175&page=2
Mi pregunta es ¿ estan exento aunque tengan trasteros en el atico?
Editado por Aloever 03/10/2011 10:13