Como bien la informan, sólo puede ejercer como presidente el propietario de la vivienda, nunca un familiar o un inquilino.
Si anteriormente ha ejercido como Presidente, (ustedes tienen la culpa).
Seguro que acude a la Juntas sin el documento de representación, firmado por la madre, (ustedes tienen la culpa).
De que forma nombran ustedes Presidente, por rotación?, por voluntariado?
Si Realmente le toca a dicha propietaria ser presidenta porque le ha llegado el turno, para que todo sea legal, y no pueda negarse a efectuar su obligación, convoquen una reunión extraordinaria y como punto del día elección del cargo de presidente.
Si le toca ser a la señora, ella será la que en el plazo de un mes dirija escrito al juez para que la exonere de dicho cargo. al representante no le sirve de nada, alegar incapacidad alguna en la junta.
Acompañen en la convocatoría documento de representación, el cual deberá estar firmado por la propietaria, si no lo lleva no tendrá derecho ni a voz ni a voto.