Volver al foro
Y
Yolanda42
17/01/2012 08:55

Impugnación de un acuerdo del Estatuto

¿Cómo impugnar el punto del estatuto que obliga a pagar a medias los gastos de la reforma de la fachada?

6.273 lecturas | 12 respuestas

Buenos días, en la comunidad de vecinos donde vivo se va reformar la fachada del edificio. En un principio se habló de pagar cada vecino según el coeficiente del piso que es lo normal, pero en la reunión que se tuvo ayer la persona que vino en nombre del parking dijo que en el estatuto indica que los pagos de los gastos ocasionados en la finca se pagaran a medias entre todos los vecinos. Alguien sabe que mayoría se necesita para impugnar este punto del estatuto y que se pueda pagar según porcentajes como es lo más normal. Gracias.

 
M
Miren2
23/01/2012 15:11

Mira primero la escritura (búscala en el Registro de la Propiedad)

Si te ponen una cuota (porcentaje) distinta, no pagues. Que te denuncien.

Consejo: Vota siempre NO si los presidentes y los administradores son urdangarinitos. Para pagar siempre hay tiempo.

CONSEJO PAGUE LO QUE LE CORRESPONDE POR COEFICIENTE
No deje de pagar los recibos. Pague lo que le corresponde por coeficiente. Haga un ingreso o transferencia al Nº de cuenta de la comunidad y deje constancia de para que es el pago ejemplo (En concepto de.obras fachada por coeficiente)( Titular ordenante.- C/ Pal-23 - 2º-1-ªB )

 
J
jacoba
22/01/2012 18:50

vecinadelprimero dijo:

No es que resulte ahora que pasa eso, eso es lo que sucede, ha sucedido y sucederá habitualmente y negar algo tan evidente no dice mucho de su conocimiento de comunidades de propietarios y L.P.H.

Ojalá no pasara eso, pero la ley lo permite y hasta ahora es lo que siempre he visto.

 

Ruego indique a quien se dirige con su contestación, ya que no se a que se debe su comentario, si al mío o a otra persona

 
good
good
22/01/2012 18:32

No basta con decir sí a las cuotas. Si las cuotas  no llevan el coeficiente que indica la escritura horizontal, es un acuerdo nulo (no nulable).

Mira primero la escritura (búscala en el Registro de la Propiedad) y cuéntanos cual es tu porcentaje a pagar. La fecha de la votación trambién es importante. Y qué votaste.  También tiene que venir en tu escritura.

Si te ponen una cuota (porcentaje) distinta, no pagues. Que te denuncien.

Consejo: Vota siempre NO si los presidentes y los administradores son urdangarinitos. Para pagar siempre hay tiempo.

 
V
vecinadelprimero
22/01/2012 15:06

No es que resulte ahora que pasa eso, eso es lo que sucede, ha sucedido y sucederá habitualmente y negar algo tan evidente no dice mucho de su conocimiento de comunidades de propietarios y L.P.H.

Ojalá no pasara eso, pero la ley lo permite y hasta ahora es lo que siempre he visto.

 
J
jacoba
22/01/2012 13:53

Antiguo dice que

Los estatutos siempre han de ser "acatados", pues siempre son anteriores a los propietarios, salvo que el propietario fuera el promotor...

Yo pensaba que los estatutos se consensuaban por unanimidad entre los propietarios y se votaban, ahora resuta que los estatutos los elabora el promotor. ¿que raro?

 
G
guanio
22/01/2012 04:31

pasacero dijo:

Si ese punt.o estatutario está registrado. Para cambiarlo es necesaria la unaimidad.

 

¿como se sabe que esta registrado?

, porque yo tengo unos estatutos que estan escritos en papel del estado que en su tiempo costo 5pts. pero no veo por ningun sitio fecha, sello o algo que indique cuando se pasó por registro

 
J
jacoba
21/01/2012 19:11

si usted acató unos estatutos, ahora no puede impugnarlos.

1º compruebe que es verdad lo que le indica el del garaje, sobre los estatutos

2º si es verdad que se aprobaron, si usted voto que si, no puede hacer nada, pero ojo, SI USTED NO ERA PROPIETARIO cuando se voto, si esos estatutos no estan pasados por el Registro de la Propiedad, a usted no le vinculan.3º mire todo bien y nos comenta

 

La escritura de propiedad horizontal, no existe, es escritura de obra nueva y división horizontal

 
good
good
21/01/2012 16:53

En la escritura de propiedad horizontal (la tiene el administrador) tiene que venir las cuotas de participación.

Según tu cuota, así tienes que pagar las prorratas.

Una cosa es la cuota de participación y otra es el índice de propiedad. Tu busca la cuota de participación que te viene en las actas; del ´04  al 0´2, aproximadamente y por los vecinos que sois.

Es un acuerdo NULO, no se puede cambiar la cuota de participación ni por mayoría. Tendrías que ir antes a un notario para cambiarlo. Vota NO ya.

 
M
Miren2
20/01/2012 18:33

Yolanda42: De todas formas revisa la escritura o lo que dicen los estatutos. Algunos propietarios de parquink son muy astutos, No quieren pagar por coeficiente conforme a la ley.
*-En mi comunidad se inventaron muchos cuentos y hasta formaron una subcomunidad.
*-También les cuesta mucho pagar por coeficiente. Cada vez que lo intentan yo me opongo y al no haber unanimidad no pueden cambiarlo.
*- Desde siempre. Yo solicite vía burofax, y a la minima le paso un escrito al presidente para comunicarle que yo deseo abonar las cuotas tanto las ordinarias como las extraordinarias de la comunidad por coeficiente conforme a la ley.
*-La escritura de obra adjudica,al local de parking un % de participación dentro de los elementos comunes del edificio...*La Comunidad se nutre de todos sus elementos en la medida de la cuota asignada en la escritura. Hay que atenerse a lo que digan las escrituras (si no es por unanimidad, no se pueden modificar los estatutos NO pueden ir contra la ley de L.P.H. (Si se hace por unanimidad hay que escriturar (yo ya tengo mi escritura.) Los parking trasteros etc...Son una propiedad. Es una propiedad y punto.NO hay distinciones
*-Yo ya tengo mi escritura. Al realizar la compraventa, En La Escritura hay una descripción de la finca, en el momento de la firma el notario lee la escritura o la da a leer a los contratantes, En ese momento se formalizará la escritura de compraventa, ahí debe uno darse cuenta y no firmar si no le parece bien el coeficiente.

 


 

 
M
Miren2
20/01/2012 17:34


PUES EN LA COMUNIDAD HAY SÓTANO-PARKING +3 TIENDAS + DIEZ PLANTAS CON 2 ESCALERAS = 40 PISOS. Y PAGAMOS TODOS LOS GASTOS DE ACUERDO CON EL COEFICIENTE DE LA PROPIEDAD.
Salu2


Editado por Miren2 20/01/2012 17:39
 
good
good
19/01/2012 18:49

Si no es mucho preguntar.

¿Cuantas plantas y cuantos vecinos hay en tu comunidad? Es un poco carillo, no.

 
M
Miren2
18/01/2012 15:08

Asi lo hicimos en nuestra comunidad.Por si te puede orientar.
Cada propietario ha de contribuir a los gastos con arreglo a la cuota de participación fijada en el titulo-escritura o a lo especialmente establecido.En nuestra comunidad para las obras a realizar en las fachadas, Se hicieron dos derramas extraordinarias (enero se recaudaron 87.985 €, y en marzo otros 87.985 € (las puertas 1ª A: 3.660 €, las 1ª B: 3.238 €, las 2ª A y B: 3.396 €)Por coeficientes contribuimos también las obras de la fachada. Pagamos tanto las cuotas ordinarias como las extraordinarias por coeficiente. .

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento