LLUISK6K dijo:
La ley contempla la posibilidad de dar publicidad del nombre del deudor en el tablón de anuncios de la finca o en las circulares vecinales, por lo que quienes no cumplan con sus obligaciones económicas no podrán esconderse en el anonimato.
GRACIAS A TOD@S
LLUIS
Perdon..doy por cerrado mi tema amenos que alguien tenga alguna sugerencia mas.
Editado por LLUISK6K 30/01/2012 22:19
Pues si la ley lo contempla para que no se escondan en el anonimato, no veo a que viene que lo quite y tampoco veo que tiene que ver este protocolo que de lo que habla es de llevar al juzgado a los morosos.
Como siempre esta cuestión tiene tantos puntos de vista como personas estén involucradas.