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A
afmatas
13/02/2012 00:01

Uso de zonas comunes

¿Puede la comunidad cerrar las zonas comunes y prohibir la entrada a estas?

8.418 lecturas | 6 respuestas
En mi comunidad tras una reunión de vecinos han decidido cerrar las zomas comunes,para que los niños no molesten, prentenden poner una puerta a la entrada del jardin comunitario. ¿Se puede hacer este? ¿me pueden prohibir entrar a las zonas comunes?, ¿estoy obligado a pagar el mantenimiento de una zona que no puedo usar?. Alguien me puede asesorar?
 
R
rgg67
16/02/2012 10:00

Huelvayork dijo:

Tengo una duda, tengo problemas con la comunidad por el uso del gimnasio, no está insonorizado y escucho todo, a parte de las vibraciones de los ejercicios y de las máquinas. Se me dijo que se solucionaria el problema, pero ya llevo cinco años igual y estoy cansada. ¿Qué puedo hacer para que la comunidad me haga caso? He hablado con abogados, pero lo único que me dicen es que verifique que en los estatutos de la comunidad que el gimnasio está puesto como tal, no vaya a ser que fuese para otra cosa, o que vaya a la junta de distrito para que me hagan una prueba de sonido, pero claro, el problema es que si vienen es por la mañana y cuando más hacen ruido es por la tarde. No se que hacer, estoy cansada y se que la comunidad no me apoya porque solo nos repercute a dos personas. Por favor, si alguien puede ayudarme se lo agradecería mucho.

 Hay un artículo en la LPH que dice "no se podrán desarrollar actividades en zonas comunes que perjudiquen al resto de los vecios" (o algo así) pero cierto es que que con ese artículo puede que te escuchen un poco más y te hagan caso

 
M
MACADI
16/02/2012 09:17

Entiendo que es un gimnasio que se ha entregado de obra, o que se aprobó en junta por UNANIMIDAD.

Para mínimizar los ruidos, hay varias medidas, una de ellas es insonorizar el local, se piden presupuesto y se presenta a la junta de propietarios para que voten su aprobación o no.

otra es poner suelos de goma para que no hagan ruido las pesas al dejarlas en el suelo,  revisar las máquinas e intentar minimizar los ruidos que hacen, engrasandolas, poniendo topes de goma,....

  

 
Huelvayork
Huelvayork
16/02/2012 08:38

Tengo una duda, tengo problemas con la comunidad por el uso del gimnasio, no está insonorizado y escucho todo, a parte de las vibraciones de los ejercicios y de las máquinas. Se me dijo que se solucionaria el problema, pero ya llevo cinco años igual y estoy cansada. ¿Qué puedo hacer para que la comunidad me haga caso? He hablado con abogados, pero lo único que me dicen es que verifique que en los estatutos de la comunidad que el gimnasio está puesto como tal, no vaya a ser que fuese para otra cosa, o que vaya a la junta de distrito para que me hagan una prueba de sonido, pero claro, el problema es que si vienen es por la mañana y cuando más hacen ruido es por la tarde. No se que hacer, estoy cansada y se que la comunidad no me apoya porque solo nos repercute a dos personas. Por favor, si alguien puede ayudarme se lo agradecería mucho.

 
M
MACADI
14/02/2012 09:30

La ley no ha cambiado, se requiere UNANIMIDAD salvo las excepciones del artículo 17, y el asunto del que estamos hablando no está incluido en ninguna de ellas.

Hay comunidades que se agarran al " servicio común de interés general",   para no aplicar la unanimidad. Pero hay sentencias del Tribunal Supremo en las que se explica este concepto.

Te paso enlace del asunto:

 

http://garciacollado.blogspot.com/2010/01/servicios-comunes-de-interes-general-y.html

Sentencia completa:

http://www.aranzadi.es/index.php/informacion-juridica/jurisprudencia-actual/civil/sentencia-del-tribunal-supremo-sala-de-lo-civil-de-9-octubre-2008

 

Así que si algún propietario ha votado en contra estando presente en la junta, el acuerdo se desestima.

Si en el ACTA han puesto que se ha aprobado habiendo votos en contra. Deberías entregar escrito al secretario advirtiendole del error en el ACTA para que lo subsane.

Y si todos los presentes han votado a favor, entregale un escirto en el que muestras tu disconormidad con el acuerdo de los presentes, haciendo referencia al artículo 17 de la Ley y a los 30 días que tienes de plazo. 

Por otro lado es importante que buzonear esta información a todos los vecinos.

 
A
afmatas
14/02/2012 00:54
Muchisimas gracias

Como no he asistido al acta si manifiesto mi disconformidad ¿es voto en contra?, ¿si varios vecinos que no fuimos demostramos disconformidad se puede anular esta decisión?.

¿En cuanto a la unanimidad, esto no ha cambiado y a pasado a las tres quintas partes.
 
M
MACADI
13/02/2012 11:27

Se puede hacer, siempre que se haya incluido el asuntos en el orden del día de una junta de propietarios, y se haya votado, y en esta votación se haya obtenido el resultado que se requiere para este asunto, que según el artículo 17 de la LPH, es UNANIMIDAD.

Por lo tanto, si un sólo propietario vota en contra el asunto se desestima.

Y los que no hayan asistido a la junta, tienen 30 días una vez recibido el acta para manifestar su disconformidad con el acuerdo alcanzado en la junta por los presentes.

--------

Lo que se está haciendo en tu comunidad es modificar las zonas comunes, según el artículo 12 de la LPH, afecta al Titulo Constitutivo, y según la norma 1ª del artículo 17 se necesita UNANIMIDAD.

 

 

 

 

 

Fin del hilo
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