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C
cpaxs
29/02/2012 12:11

Cese de Administrador

¿Puede un administrador demandar a una comunidad de vecinos y a su presidente por incumplimiento de contrato y falsificación de acta?

8.601 lecturas | 19 respuestas

Realizamos una junta por temas varios cada dos meses más o menos. En la última, los vecinos decidieron cambiar al actual administrador (es un despacho de abogados). Ahora este quiere demandarnos por incumplimiento de contrato para pagar las cuotas restantes hasta su finalización. También quiere demandar al presidente por haber falsificado el acta a la que se añadió dicho cese.

¿Puede hacerlo en ambos casos? Gracias.

 
C
cpaxs
05/03/2012 12:33

Los vecinos que hemos acudido a la reunión con el administrador estamos de acuerdo en celebrar esta junta para que expliquemos ante los vecinos tanto el administrador como el presidente la situación actual de desencuentro entre ambos. Convocará la junta en mi nombre con este asunto en particular.

Mi pregunta es si puedo decirle que añada en el orden del día o la dimisión del presidente o la destitución si procede de cargos tanto directivos como administrativos, poque está claro que por estas diferencias los dos juntos no pueden seguir. No sé qué pensar cuando se está aferrando al cargo de esta forma, o tiene algo que ocultar o es orgullo propio.

Yo no tengo ninguna necesidad de pasar por todo esto. Lo estoy pasando muy mal.

 
M
MACADI
05/03/2012 12:27

El administrador, igual que cualquier empleado de la comunidad no tienen competencias para convocar juntas, ni para incluir asuntos en el orden del día: Es un empleado más.

Es el presidente el que convoca, o un 25% de propietarios, no otros.

 

 
C
cpaxs
05/03/2012 11:42

Hemos tenido hoy la reunión con el Administrador. Además de decir cosas inciertas (es su palabra contra la mía), me ha hecho firmar la anulación del borrador del acta en el que se reflejaba el cese del administrador (he puesto que por desconocimiento de la ley se añadió un punto al orden del día que no estaba previsto).

El administrador ha decidido convocar una junta extraordinaria para explicar él a todos los vecinos su versión de los hechos. Espero seguir teniendo el apoyo de la mayoría de ellos.

¿Puede alguien hacernos alguna sugerencia de cómo tenemos que actuar en esta reunión? Va a hacer él la convocatoria.

Gracias de antemano.

 
C
cpaxs
02/03/2012 21:31

Quería manteneros informados. Hemos celebrado hoy una junta para explicarles a los vecinos las amenazas que estaba recibiendo el presidente por parte del administrador. Nos han comentado que éste ha estado llamando a varios vecinos para decir que era el presidente quien estaba haciendo fraudes a la comunidad (contratando a amigos para hacer obras y servicios, por supuesto hay pruebas de lo contrario, que todas las gestiones que había hecho el presidente las habían hecho ellos, etcétera) y que iban a demandarle por calumnias e injurias ¿?
Unos cuantos vecinos, entre ellos alguno de los que han llamado, vamos a acompañar al presidente el lunes a la cita con el administrador ya que la mayoría lo estamos apoyando. Gracias a que tenemos documentación de todas las gestiones que se han realizado, se va a poder demostrar lo contrario de lo que están diciendo.
También hemos decidido convocar inmediatamente la junta extraordinaria tal y como me comentásteis (con todos los requisitos legales) para poder echarlos.
Todo esto gracias a vuestros consejos.
No tengo palabras para agradeceros vuestra ayuda.

 
E
elbonsai
01/03/2012 15:03

Puede hacerlo el denunciarle pero creo que sea solo un modo de amenaza dado que si el como administrador y conocedor de la ley incluye ese acta en el libro de actas se implica a si mismo, por otro lado con que acusacion le va a demandar??? falsedad de acta?? pues le dire que el presidente lo unico que no ha hecho bien es no incluir en orden del dia el cese del administrador. Tema que por otra parte quedara rectificado en la que tienen convocada para este viernes. Yo os aseguro que no temeis nada que temer simplemente esta usando su calidad de abogado frente a vuestro desconocimiento de la ley para intimidaros. Un ultimo consejo  despues de la junta acudir a la reunion con el administrador TODOS , TODOS los vecinos que podais eso jugara a vuestro favor, apoyar al presidente que creo que es un BUEN presidente y sino lo apoyais tendreis lo que os mereceis, es decir que el administrador os siga dando por BENDITA PARTE.  Si intenta amenazaros llamar a la policia para que haga atestado y una cosa muy importante NO LE INSULTEIS, AMENACEIS NI ACALOREIS decirle lo que habeis acordado, escuchar si os interesa lo que tenga que contaros y requerirle que pase el acta al libro para que el acuerdo lleve el proceso de impugnacion si algun vecino quiere tomar este camino o que por el contrario sea un acuerdo firme.  NO TENGAIS MIEDO Y NO ENTREIS EN DISCUSIONES QUE NO LLEVAN A NINGUN SITIO IR COMUNICAR Y MARCHAR.

 
M
MACADI
01/03/2012 14:40

El acta si no está firmada por el presidente y el secretario no deja de ser un papel, por otro lado aunque se envie  copia del Acta firmada, hay que incluirla en el libro de Actas y volverla a firmar en el libro. Las hojas del libro de actas están númeradas y selladas. 

 
C
cpaxs
01/03/2012 11:57

Hemos convocado una junta para este viernes con el fin de informar a los vecinos de las amenazas del administrador de demandar al presidente y decidir entre todos qué podemos hacer.

Lo peor es que el lunes hay una reunión con el administrador y la pretensión de este es intimidar al presidente de cualquier forma.

Lo único que me gustaría saber, si alguien puede confirmarmelo, es si el administrador-abogado puede demandar al presidente por falsificación del acta cuando no está firmada en el libro; el administrador solo tiene un borrador del acta firmada por lo vecinos. Supongo que si no es conforme a la ley y él lo sabe como administrador, no debería pasarla al libro de actas, sino informar al presidente que no es válida y en su caso rectificarla.

Gracias por vuestros comentarios. Esta situación está siendo muy desagradable para personas que no están acostumbradas a temas legales y nunca han pasado por un juzgado.

 
E
elbonsai
01/03/2012 01:51

Ademas al redactar cada punto se debe reflejar por cuantos votos se aprueba o desestima un acuerdo y la suma de los coeficientes de dichos votos, recordando que los propietarios privados de voto no cuentan aunque tienen derecho a opinar pero no a votar. Por otro lado si el presidente esta haciendo una buena labor , PARA QUE NECESITAIS ADMINISTRADOR???  . Tambien deciros que una vez hecha el acta conforme a ley que el presidente le pase copia al administrador si es por email mejor que mejor dado que eso le sirve de prueba. No os compliqueis la vida la solucion es mas facil de lo que parece, si el acta se atiene a ley ningun vecino y menos el administrador podra echarla abajo y  el abogado no denunciara porque dudo que quiera quedar como un inepto ante el gremio, no se dejen pisar recuerden que VALE MAS MORIR DE PIES QUE VIVIR DE RODILLAS.

 
E
elbonsai
01/03/2012 01:42

Hay varias cosas  que quiero comentaros y que  son de relativamente nueva normativa. El apartadod e ruegos y preguntas solo sirve para dejar reflejas quejas, sugerencias o temas que los propietarios queiran que sean tratados en juntas posteriores EN NINGUN CASO SE PUEDE APROBAR EN ESTE PUNTO NINGUN ACUERDO dado que quedaria invalidado automaticamente segun sentencias recientes. El motivo es que cuando se convoca a junta a los vecinos se expone un orden del dia y los vecinos en su pleno derecho viendo ese orden del dia pueden decidir no asistir porque los temas a tratar no les afecten o interesen o no les apetece, pero si en ruegos y preguntas se trata un tema que no esta en el orden del dia y se aprueba eso menoscaba el derecho de los propietarios que no asisten por desconocer el tema. Eso vuestro administrador-abogado lo conocera bien. JACOBA las comunidades hacen lo que quieren PERO dentro dela ley. Las actas deben estar correctamente redactadas y aprobar solo los temas que esten en el orden del dia. En las actas debe figurar el nombre de los propietarios presentes y los representados especificando quien los representa. Ademas debe figurar al lado de los nombres cual es la cuota de participacion de cada propietario y reflejar aqueloos que se hayen privados de voto caso de haberlos

 
C
cpaxs
29/02/2012 21:40

Gracias por vuestros comentarios.

El asunto principal es que el administrador (negligente de forma notoria) tiene especial animadversión hacia el presidente actual por haber realizado gestiones que llevaban mucho tiempo pendientes. Los vecinos están contentos con la gestión del presidente.

El presidente envió el borrador del acta al administrador. El orden del día se modificó añadiendo el cese de este por acuerdo de los vecinos asistentes, quienes firmaron este borrador, ya que en general todos están bastante hartos de él.

Ahora el administrador lo que dice es que el acta la ha falsificado el presidente y quiere demandarle por ello. Lo que no sabemos es si pasó este borrador al libro de actas.

La cuestión es que el administrador quiere intimidarnos de cualquier forma. Al ser abogado no sabemos si esto que dice lo puede llevar a cabo o no.

Gracias de antemano.

 
J
jacoba
29/02/2012 14:54

El Presidente no ha falsificado el acta, ya que usted indica que el cese se voto, por lo tanto, él recoje lo que sucedió.

Que quiere decir y porque el subsanar el acta? Se trató o no el tema de cese del administrador?

Un tema que no figura en el orden del día no se puede tratar en junta, a no ser que todos los propietarios esten de acuerdo en realizarlo, porque puede ser algo urgente o importante para la comunidad, y como ningún propietario a impugnado, pues el administrador no puede decir nada. Cada Comunidad hace lo que quiere y como quiere, siempre y cuando haya unanimidad.

para evitar la demanda? pagarle los meses que queden hasta que cumpla el año de renovación que se realizó en la junta anterior.

O bien esperar a la próxima junta ordinaria. Si haceis esto, en el acta se puede incluir que en ruegos y preguntas se expuso la disconformidad con el trabajo desarrollado por la administración, se acordó por (aqui el resultado de la votación) que en la próxima junta anual ordinaria, figurase como orden del día lla presentación de presupuestos de administradores y el cese del actual.

 

 
E
elbonsai
29/02/2012 14:53

Vamos a ver no estando incluido en el orden del dia NO vale el acuerdo.  Si realmente quieren despedirle deben de convocar reunion incluyendo este tema en el orden del dia. Ademas les aconsejo que pidan a este señor que lews entregue copia del contrato  que tienen con el. Entiendo que el presidente no firme el acta porque eso le traeria problemas para evitarlo debe hacer la convocatoria conforme ley y temo que ustedes no realizan las convocatorias legales mi duda es si el administrador las hace conforme ley porque caso de no hecerlo asi ustedes pueden demandarle a el. Lo importante realicen la convocatoria para darle caracter legal a la misma y en esa reunion decidan si les conviene echarle ahora o si les interesa mas dejar aprobada su destitucion para cuando acabe el año. Sin mas informacion por su parte no puedo decirle mas. Si ha sido negligente en sus funciones tambien es causa de despido, y por ultimo ESE SEÑOR NO PUEDE NEGARSE A DARLES A USTEDES NINGUN DOCUMENTO CONCERNIENTE A LA COMUNIDAD.

 
M
MACADI
29/02/2012 14:39

Si el acta no está firmada, pues se tira y se hace otra nueva en la que no se incluyan asuntos que no estaban en el orden del día.

Por otro lado comentar que si el administrador es el secretario y no asiste a la junta, se nombra a cualquie otro propietario de los asistentes para que haga de secretario en esa junta.

Lo único que se sigue con el administrador.

Comentar que lo mejor en estos casos es cesar al administrador en la junta ordinaria ¿por qué no se ha hecho? y así no hay derecho a reclamar nada.

Lo mejor es pedir presupuesto a otros administradores de la zona, y cuando se decida tratar el cese tambien se nombre a otro.

 
C
cpaxs
29/02/2012 14:28

Por favor, necesito que alguien me diga qué debemos hacer para evitar la demanda del administrador. Si hay que subsanar el acta (aunque no esté firmada) qué debemos hacer para ello y cómo se debe redactar.

Muchísimas gracias.

 
C
cpaxs
29/02/2012 13:36

Las actas las redacta el presidente, porque el administrador ha sido muy negligente en sus funciones, enfrenta a los vecinos y además cobra por las extraordinarias. El libro de actas como el resto de documentación la tiene el administrador. El presidente se lo pidió pero no quiso entregárselos.

Las convocatorias y las actas las redacta el presidente y se las envía al administrador para que las pase al libro.

En el caso de este último acta, no está firmada todavía. El presidente no la va a firmar por la amenaza de demanda por parte del administrador. En este acta están incluidas las firmas de varios propietarios que están de acuerdo con los contenidos de la misma.

Por otra parte, el administrador en algún otro caso ha modificado el orden del día incluyendo liquidación de cuentas porque quería demandar (como abogado que es) a los propietarios morosos.

Os agradecería vuestra respuesta ya que necesito resolver este tema lo más urgente posible. Es un asunto desagradable cuando nunca se ha tratado con temas judiciales.

 
M
MACADI
29/02/2012 13:22

Lo que tiene que hacer el Presidente/secretario es hacer otra acta y subsanar el ERROR de la anterior. 

 
M
MACADI
29/02/2012 13:19

Entiendo que no estáis en cataluña, que tiene una ley distinta.

No asiste a las extraordinarias,  a la ordinaria  Sí   ¿por qué? ¿cobra por asistir?

Lo habitual es que el administrador sea el secretario; pero para ello tiene que asistir a las juntas, redactar el acta y demás funciones que parece que no hace.  Las actas las tiene que firmar el Secretario y el Presidente. ¿Quién custodia el libro de Actas?

Para defenderos, lo que tenéis que hacer es convocar una junta en la  que se incluya el asunto, en la que se explica el asunto y la junta de propietarios la vota. Así se está haciendo de la forma correcta, es decir, se convoca a los propietarios para tratar el asunto.  

 

 
C
cpaxs
29/02/2012 12:58

El asunto no estaba en el orden del día, pero el administrador no asiste a las juntas extraordinarias, por lo que tampoco lo sabía.

No hay nombramiento de Secretario como tal. No sé si puede ser el administrador o el presidente.

En caso de que demande, ¿qué puede pasar o cómo podemos defendernos, tanto los vecinos como el presidente? Gracias.

 
M
MACADI
29/02/2012 12:28

¿claro qué puede? y seguramente le sale gratis.

¿El asunto no estaba en el orden del día de la junta?

El administrador supongo que tb. es el Secretario o no.

 

 

Fin del hilo
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