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R
rogami
10/04/2012 09:41

otros órganos de gobierno de la Comunidad

¿Qué implica la creación de nuevos órganos de gobierno en relación a las funciones atribuidas por ley a la Junta, Presidente y administrador?

1.504 lecturas | 1 respuestas

qué quiere decir que pueden establecerse otros órganos de gobierno ....sin que ello pueda suponer menoscabo de las funciones FRENTE A TERCEROS que la Ley  atribuye a los anteriores  ( Junta, Presidente, administrador, etc)?

 
M
MACADI
10/04/2012 13:11

Lo que entiendo es que se pueden crear, tanto en los estatutos como en junta de propietarios, por ejemplo: 

la junta de gobierno (formada por los vocales de cada portal, vicepresidente y presidente)   

y se le puede dar un cometido que no esté ya atribuido por esta Ley al Presidente, al Vicepresidente, al Administrador, al Secretario, a la junta de Propietarios.

Cada órgano de gobierno mencionado en el párrafo anterior, tiene sus competencias por Ley y por lo tanto sus responsabilidades, y las juntas de vecinos no tienen competencias para modificar Leyes.

 

 

 

 

 

Fin del hilo
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