Volver al foro
G
guanio
22/04/2012 09:53

dar de alta personal laboral

¿Qué debe hacer el presidente para dar de alta a la persona de la limpieza?

10.439 lecturas | 9 respuestas

hola vecinos.

soy la nueva presidenta de un edificio nuevo, y me dien que tengo que dar de alta al chico que va a limpiar el edificio, 3 veces a la semana 1h.

le pusimos un sueldo de 130€. ¿ que tengo que hacer ahora y a cuanto me ascenderia?

graciaas

 
E
eme71
30/04/2012 12:57

La comunidad de propietarios es una especificación de las comunidades de bienes, solo que estas últimas pueden o deben (si tienen mas o menos de 4 propietarios) regularse por la Ley de Propiedad Horizontal.

Y toda relación laboral, en la que una persona aporta trabajo a cambio de salario, y este puede ser en dinero o en especie, debe ser regulado por el estatuto de los trabajadores y resto normas laborales. En el caso de la Comunidad, una persona, que limpia, mantiene o vigila la finca a cambio de dinero, y/o no pagar cuotas y/o compensar deudas de cuotas... ESTO ES UNA RELACIÓN LABORAL, EN LA QUE EL EMPRESARIO ES LA COMUNIDAD Y LA LIMPIADORA, EL EMPLEADO.

 

Fin del hilo
© 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 C/ Roger de Lluria, 50 - P.1 08009 Barcelona
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter