A ver, Pasacero, no la lies.
¿qué tiene que ver que la junta se celebre en febrero, diciembre o juliembre?
Bajo mi punto de vista, es muy sencillo, en 3 pasos:
1 .- La lista de morosos en la convocatoria de la junta está compuesta por aquellos propietarios que, en el momento de elaborar la convocatoria, son morosos.
2 .- En la junta están privados de voto los morosos, que pueden no ser los de la lista del punto 1, porque algunos ya hayan pagado.
3 .- En el acta, la lista de morosos coincide con la del punto 2, los "morosos reales" el día de la junta.