Lo primero comentarte que la junta de gobierno no tiene competencias para aprobar nada, es la junta de propietarios la que tiene que aprobar los asuntos.
Por otro lado comentarte que cualquier propietario (incluido el presidente) puede presentar ofertas, presupuestos de cualquier servicio a la comunidad, y votar lo que considere. El hecho de ser propietario de una empresa no quita el derecho al voto.
El problema que veo surge por no llevar los asuntos preparados a la junta de propietario, es decir, se aprueba un asunto en una fecha y hay que volver a llevarlo a junta para aprobar el presupuesto. Hay que llevar los asuntos a junta con toda la información, y aprobarlos completamente. Al no hacerlo así, puede ocurrir lo que comentas.
La actuación del vecino es legal, vota en contra con sus 10 votos y consigue paralizar el asunto.
En casos de que haya algún propietarios (incluido el Presidente) que esté interesado en volver a llevar el asunto a junta de propietarios, sólo tienes que convocar de nuevo a los propietarios en junta extraordinaria, e incluir el asunto en el orden del día, y realizar una nueva votación.
puedes decirnos el número de presentes y representados en las dos votaciones que se realizaron sobre el asunto, así como los votos a favor , en contra y abstenciones.