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M
mbrr
15/05/2012 18:22

juntas de vecinos

¿Los administradores están obligados a traer el libro de actas en una junta general ordinaria y registrar todos los acuerdos tomados?

2.562 lecturas | 8 respuestas

hola,alguien me puede decir si en una junta general ordinaria,los administradores estan obligados a traer el libro de actas?y que todos los acuerdos tomados queden registrados en ese momento?

 
M
mbrr
20/05/2012 07:29

Gracias por vuestras respuestas,alguna comunidad tiene contratado a administradores ipsofacto ?me gustaría saber si en sus comunidades todo funciona correctamente o tienen problemas con ellos.saludos

 
P
PEPE123
18/05/2012 18:50

Pasacero, en ningún momento he dudado de que lo que escribes es tu experiencia y pretendes exponerla para ayudar a quien lo solicita, pero tal y como lo has escrito parece una afirmación muy categórica, como si fuera casi una ley que fija estos términos.

Yo te aconsejaría que negociarais con los administradores el paquete de servicios, yo así lo hago y el tema de las juntas es claro, la ordinaria sin límite de tiempo, y normalmente 2 extraordinarias (creo que nunca hemos pasado de ese límite en ninguna comunidad). Como he expuesto en otro post, 150 euros/hora a partir de la primera hora (en la junta ordinaria) me parece un atraco a mano armada, por eso te digo que deberiais negociarlo, es una barbaridad.

La verdad es que no me imagino una junta ordinaria que comienza con la advertencia del administrador "como dure más de una hora, ir preparando la cartera", ja ja ja ja (perdona, es broma)

 
P
PEPE123
18/05/2012 18:06

La Ley no dice nada respecto a si el Libro de Actas debe estar disponible o no en las juntas.

Yo creo que es interesante tenerlo a disposición para, como dice elbonsai, poder consultarlo en un momento dado, si existe alguna duda sobre un acuerdo pasado. Eso no quiere decir que se esté consutando continuamente, se alarguen las reuniones, etc. Simple sentido común.

 

 
P
PEPE123
18/05/2012 18:02

pasacero dijo:
Los administradores profesionales tienen estipulado 1 hora por reunión, lo que sobrepase, lo que indique el taxímetro.

¿Cuál es la Ley que fija este tiempo?

Por favor, no confundamos al personal, diciendo cosas absurdas.

 
E
elbonsai
16/05/2012 20:57

Cuando dice la ley "" custodiar a disposicion de los titulares la documentacion de la comunidad" se entiende lo que dice TITULARES y por titulares no se entiende otra cosa que no sea lo que dice.Por lo que se refiere a los TITULARES o lo que es lo mismo los PROPIETARIOS que conforman la comunidad, por que no olvide que la documentación es y se refiere a temas de la comunidad y la comunidad son TODOS los TITULARES O PROPIETARIOS no solo el presidente y los cargos representativos de la misma.   Usted con su conocimiento deduzca de lo que lee aquello que su inteligencia le permita, pero por favor no de a mis opiniones un sentido que no tienen y que yo no expreso. Si vuelve a leer detenidamente ni comentario   ( por si acaso se lo repito) digo que la presencia NECESARIA del acta en las reuniones sirve para que en muchas ocasiones salen referencias a temas tratados en juntas anteriores y que sabemos todos los que tenemos experiencia en juntas variopintas , el comentario general es "" ese acuerdo no se tomo, yo no vote a favor, se hizo sin acuerdo de junta etc etc,"" y el tener el libro de acta presente corta muy de raiz esos debates, ya que se mira el acta de la junta en cuestion y lo que se lee alli es lo que vale. Por lo tanto no solo no alarga las juntas sino que ademas las acorta y evita el "" tu dijiste, yo no dije"". Por lo tanto el LIBRO DE ACTAS debe DE ESTAR PRESENTE EN LAS JUNTAS, ES  LOGICO QUE ASI SEA, ES CONVENIENTE, EVITA PROBLEMAS Y NO PERJUDICA A NADIE SU PRESENCIA EN LA MISMA, SALVO QUE SEA ALGUIEN A QUIEN NO LE VENGA BIEN LO QUE SE ACUERDA EN JUNTA.

 
E
elbonsai
15/05/2012 20:56

mbrr dijo:

hola,alguien me puede decir si en una junta general ordinaria,los administradores estan obligados a traer el libro de actas?y que todos los acuerdos tomados queden registrados en ese momento?

 

El libro de actas debe de estar en las reuniones, y mas si los vecinos o el presidente pide que asi sea, dado que es un documento de la comunidad que da fe de los acuerdos que se toman en su dia y que en muchas ocasiones es preciso para  aclara dudas que surgen sobre tal o cual tema tratado en juntas anteriores. En cuanto a lo de los acuerdos quedan registrados en el acta que normalmente se redacta en los dias posteriores a la reunion. Eso no supone un problema dado que cuando usted recibe el acta en su casa tiene entre uno y tres meses para comunicar que hay errores en el acta o impugnarla si lo considera oportuno. Cualquier propietario tiene derecho a ver, leer o comprobar cualquier cosa que precise sobre la docmentación de la comunidad incluido el libro de actas. Pidanle a su presidente que es la maxina representacion de la comunidad ( por encima del administrador que solo es un empleado al servicio de la comunidad) que le exija al administrador que traiga a la junta el libro de acta y caunta documentación sea precisa.

 
pfonta
pfonta
15/05/2012 19:54

Se supone que el presidente/a tampoco estara conforme y no firmara el acta hasta su modificación, a mi me paso en una ocasión y mientras no se modifico no la firme.

 
M
mbrr
15/05/2012 19:24

el problema radica que se acuerdan unas cosas pero cuando recibimos por correo las actas de la reunión estan modificadas y no es exactamente lo que se voto o acordó,por eso un vecino que tiene reunion mañana quiere decirles antes de que empiece la reunión que si no traen el acta no se realizara la reunión

 

Fin del hilo
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