Es obligatorio emitir un recibo por las cuotas pagadas a la comunidad de un propietario que pague mediante transferencia bancaria.
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Solo se entrega justificante de pago, al que lo paga en mano al portero, si esta domiciliado el pago vale perfectamente el justificante de descuento en el banco, ya que consta el motivo del descuento en la cuenta corriente.
Pero si aun así le reclama los recibos, lo que también se puede usar es darle los recibos pero poniendo DUPLICADO o COPIA, para que no utilice esos recibos para dar por cobrados una deuda y luego utilice el justificante de transferencia como pago de otra deuda
No es obligatorio, ni habitualmente se hace.
Ya tiene el justificante de la transferencia.
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