Lo que debes hacer para evitar que al administrador haga lo que le de la gana, es hacer un escrito dirigido al Presidente no al administrador, para que incluya en el orden del día tu petición, en función del art 16.2 de la Ley de propiedad Horizontal y que te firme el recibí del escrito, ya veras como se incluye en el orden del día.
El orden del día de la junta lo establece el Presidente no el administrador a su antojo y quien convoca la junta es el Presidente.