pasacero dijo:
El inquilino no puede sin embargo lo hizo, entonces si que puede. El inquilino paga recibo, y el mercado es libre. Supongo que la comercializadora solo le exige al vecino el contrato de arrendamiento, si está a su nombre lo cambia y fuera.
Perdon me he expresado mal evidentemente pudo lo que quiero decir es que no DEBE. La comercializadoras saben mucho y hacen muchas cosas que no DEBEN aunque evidentemente pueden pues lo hacen, lo cual no quiere decir que ahora el dueño en su pleno derecho y si se ve perjudicado por el cambio reclame y entonces la comercializadora tendra que responder de aquello que ha hecho pero que no ha debido de hacer, sin el consentimiento del dueño. Porque entre otras cosas entiendo que el contrato como es logico sigue a nombre del dueño, no del inquilino y la pregunta seria ¿ cuando, donde y como autorizo el dueño ese nuevo contrato??? hay radica la ilegalidad y sus consecuencias.