La tasa de basuras la debe pagar el propietario (SUJETO PASIVO) y el Ayuntamiento siempre se lo emitirá a él, el pago será él salvo que esté estipulado en el contrato de arrendamiento que es a cargo del inquilino, entonces si le podrá repercutir ese gasto, si no lo tiene reflejado en el contrato no podrá.
Lo mismo ocurre con el IBI, los gastos de comunidad, etc.