Hola, hace un año compré el piso bajo de un edificio compuesto por 8 vecinos. Hace unos días escuché un ruido de agua en el baño, así que llamé a mi seguro para que averiguaran la procedencia del ruido de agua y realizar la reparación si fuera necesario.
Al llegar el fontanero y levantar el baño, encontró una tubería de plomo antigua con una rotura por la que salía agua (la tubería se encontraba justo en el tabique que separa mi vivienda con la del vecino). Cuando el fontanero la encontró, dictaminó que aquella tubería era comunitaria y que no procedía la reparación a mi seguro, sino a la comunidad.
Aquí es donde empiezan mis problemas, ya que la comunidad tiene un seguro muy básico que no incluye las tuberías de agua comunitaria, y los vecinos dicen que reparación de la tubería (al estar dentro de mi casa) debe pagarla mi seguro...por otro lado mi seguro dice que la tubería encontrada es de la comunidad (aunque esté en mi casa), y que debe repararla la comunidad.
Bien amigos, pues esta es mi consulta: ¿quien lleva razón: la comunidad o mi seguro?.
Informándome por ahí me han hablado del art. 396 del Código Civil: al parecer este articulo dice que la tubería, al estar dentro de mi casa, debería arreglarlo yo - o mi seguro- (independientemente si esta antes o después de la "llave de paso"). ¿Esto es así?. Estoy hecho un lío.
Gracias por la ayuda.