Vamos a ver que con lo mismo yo me estoy liando...
Quien tiene potestad para convocar junta???
El presidente ó el 25% de los propietarios...
Entonces los puntos del orden del día si ya están elegidos es muy difícil cambiarlos y sobre todo si me comentas que es una comunidad tan grande.
Lo que sí puedes hacer es incluir en el cajón desastre - osease, ruegos y preguntas - esa anotación o solicitud de incluir el tema que quieras tratar en la siguiente convocatoria que se haga... (normal o extraordinaria)
y así quedaría reflejado en acta.
Saludos,