por si te sirve te comento, hace poco al alquilar un piso que tenemos la inquilina nos indica que tiene un perro, en dicho edificio, donde yo he vivido, todos los vecinos tenían algún tipo de mascota, con lo cual le dije que no había problema pero claro, que se asegurara de no molestar a los demás....tras unos días la pobre muchacha me llama diciendo que le ha llamado la atención un vecino por tener el animal.....ANTES de pronunciarme llamé al servicio de asesoría que tengo contratado para asegurarme de la legalidad de tener mascota ya que los estatutos no indican nada en contra de ello.......me contestan que AUN INDICANDO que están prohibidos los animales sería una normativa impugnable al 100% dado que la comunidad no tiene potestad para regular este tema.....menuda sorpresa ya que he oido que existe dicha prohibición en muchos estatutos comunitarios....
al parecer, y no me acuerdo ya la explicación que me dieron, esta prohibición no es aceptable ya que no sé quién en su momento reguló que las personas mayores o enfermas beneficiadas por tener una mascota no se les puede prohibir tenerla (me dio una explicación larga sobre el tema pero no me acuerdo)....con lo cual por mucho que lo estatutos digan que no esto en juzgado no duraría ni dos minutos....eso si, los animales han de estar bien cuidados y en caso de alguna queja o denuncia deberán cumplir todos los requisitos legales (algunos perros obligatoriamente deben llevar chip etc...no conozco que no tengo perro), y obviamente que no estén dando por saco y molestando a los demás vecinos.....porque la señora tenga un perro si éste no molesta, no hay nada que hacerle, está en todo su derecho de tenerlo mientras no perjudique a otros
salu2