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Himlestat
12/08/2012 17:36

Prohibición animales - normativa europea

¿Se pueden tener animales aún prohibiéndolo la comunidad de vecino?

80.996 lecturas | 33 respuestas

Hola

 

En nuestra comunidad, los estatutos indican que los propietarios - inquilinos de los pisos no pueden tener animales.

 

Sin embargo una vecina tiene un perro. Se le ha llamado la atención recordándole la normativa de la comunidad.

 

Ella se defiende, diciendo que Bruxelas dijo que si se pueden tener animales.

 

Antes de "meternos en lio" con esta vecina queremos saber hasta que punto tiene razón.

 

 

 

Muchas gracias

 
BettyBoop78
BettyBoop78
14/08/2012 14:21

A mi se me dio ese caso...
Y la cuestión es que en tus instalaciones privativas (o sea tu casa) no te pueden dictar que o no tener siempre y cuando cumplas la ley...
Es decir, por ejemplo... No más de tres animales... (depende de comunidad autónoma va por metros cuadrados) con microchip, vacunas, etc. Incluso hay comunidades que tienen un censo poblacional de gatos y perros... - mira en tu ayuntamiento e infórmate -

Si es un perro que hace mucho ruido pues tendrían algo que objetar pero si no es así... que le expliquen a la señora que ella no puede tener por ejemplo un perro... y la vecina de al lado si puede tener por ejemplo un loro, pájaro, periquito o cualquier ave que haga ruido.
O gato, que en febrero empieza a mauyar por el celo...

En el estatuto está regulado y sí podría proceder cuando se realizó dicho estatuto, pero actualmente en ley en mano ante un juzgado de paz posiblemente revoquen esa cláusula.

Saludos,

 

Fin del hilo
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