De ninguna manera, es un acuerdo tomado en junta y este ha sido acordado en ella, junta convocada legalmente, ese punto en concreto tiene que ir reflejado en el orden del día de la convocatoria, y los vecinos han tomado la decisión en junta que estiman bueno para la comunidad.
El presidente no puede anular los puntos porque a él le parezca bien.
Lo que no he leido bien en tu pregunta es; si es de un alquiler de la portería.
Si fuera eso es necesario saber el nº de personas que dicen ........... y el porcentaje que tienen ........... esos vecinos.
Nunca anular, lo que pudiera ser es que no se apruebe u otra circunstancia que se adopte.
Recuerdo que para tratar cualquier punto ha de venir reflejado en la convocatoria como asuntos a tratar.
Si no viene en la convocatoria, no se puede adoptar acuerdos.