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D
diskogs
12/12/2011 09:44

Perdonación de la deuda

3.941 lecturas | 3 respuestas

En una reunión extraordinaria de la comunidad de propietarios se ha perdonado la deuda a un propietario moroso. Se ha tomado un acuerdo asimismo de una cuota extraordinaria por arreglo de garaje. Ninguno de los temas estaba incluido en el orden del día. El administrador incluye esos acuerdos en el punto "ruegos y preguntas". ¿Son acuerdos válidos? ¿La anulación de una deuda no necesita una mayoría especial?

Un saludo,

Francisco

 
M
MACADI
13/12/2011 12:13

Creo que una vez recibida el Acta de la junta de propietarios podría ser bastante eficaz entregar un escrito al secretario/administrador y presidente (Firman el Acta). 

 Solicitando que se se corrija el contenido del Acta, dado que los asuntos  .........  no estaban incluidos en el orden del día de la convocatoria, es decir, no se ha convocado a los propietarios para tratar esos asuntos. 

Añadiendo que en caso de no subsanar el error iniciarás acciones legales contra ellos, por ser el secretario y presidente  los firmantes del acta y por lo tanto responsables de las irregularidades contenidas en el Acta..

que te firmen el recibí,

 
D
diskogs
12/12/2011 13:06

No participé en la Junta, ya que no me era posible asistir y los puntos del orden del día no eran de relavancia. No obstante, dentro de los 30 días siguientes comuniqué a la Administración mi disidencia con los acuerdos adoptados, ya que la cuota extraordinaria aprobada supera lo reflejado en el art. 11.2 de la LPH.

Gracias por las respuestas.

Un saludo.

 
J
jacoba
12/12/2011 10:25

fué usted a la junta?

que votó?

 

Fin del hilo
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