Buenas, desde hace tiempo que por motivos personales decidí que el supermercado me suba la compra a mi casa. Éstos utilizan una carro mecánico para subirlo por la escalera ya que no hay ascensor. Dicho carro hace ruido al subirlo y parece ser que un vecino se ha alarmado diciendo que dicho carro puede hacer daños en la escalera y que si me tienen que subir la compra que la suban a mano, cosa que no harán.
En la comunidad en cuestión no existe ningún acuerdo verbal, acta ni estatutos de ninguna prohibición en concreto.
- Puede la comunidad prohibir que suban la compra con dicho carro que hasta ahora nunca ha hecho daños? Por mi parte yo entiendo que no estoy realizando ninguna actividad ilícita es más entiendo que es algo cotidiano y que se ofrece como un servicio, cosa que si me lo prohiben me estarían coaccionando a no disfrutar de ello.
- En relación a los supuestos daños que puede ocurrir de dicho servicio, yo soy el primero que no quiere que suceda pero en el caso hipotético, aquí interviene una tercera persona hasta que punto tendría responsabilidad? Yo entiendo que personalmente debería reclamar los daños a quien me ofrece el servicio.