Volver al foro
F
fmlreg
01/06/2020 12:38

Comunidad puede vetar uso de elevador?

¿Es legal que la comunidad impida el uso del ascensor para subir el carro de la compra?

1.774 lecturas | 10 respuestas

Buenas tardes,

Escribo en el foro porque he estado buscando información respecto a mi duda pero no he encontrado nada que la resuelva, ni en el foro ni en otras webs.

El patio de mi edificio está a una altura considerable, con unos 11 escalones de una buena altura. Hace unos años se instaló un elevador vertical para salvar las escaleras, pensando en los vecinos más mayores.  

Siempre ha sido utilizado por las personas mayores, gente con carritos de bebé y para subir la compra, pero la semana pasada colgaron un cartel recordando que según se aprobó en junta de vecinos (antes de que yo viniera aquí a vivir) el uso del elevador es en exclusiva para personas con movilidad reducida (entiendo que gente mayor y bebés), quedando terminantemente prohibido hacer uso de éste para subir la compra.

Mi pregunta es si, a falta de comprobar si efectivamente eso está en algún acta, es legal impedir su uso para subir el carro de la compra. Por suerte en mi casa no tenemos problemas de movilidad, pero si hay que subir el carro lleno por las escaleras no tardaremos mucho en ganar una hernia discal, tener problemas de lumbalgia o similar. Es paradógica que una persona mayor pueda subir con el carro de la compra y yo no pueda enviar el carro de la compra en el elevador y esté obligado a subirlo por las escaleras. 

Entiendo que se impida su uso para materiales de construcción, muebles o similares, pero un carro de la compra que apenas pesa (y que otras personas si pueden subir) no veo qué impedimento supone, sin embargo el impedimiento de uso de éste si puede suponer daños contra la salud de los vecinos.

Disculpen la extensión del texto y gracias por adelantado por la información que me puedan brindar.

 
carolinevega
carolinevega
06/06/2020 15:24

Lea bien, no habla de un ascensor, lo hace de un salvaescaleras que es un elemento totalmente diferente, no lea solamente el titulo, lea el contenido de la pregunta,

conoce usted la diferencia?

 
GTAE
GTAE
06/06/2020 10:44

Esl ascensor implica la accesibildiad universal del edificio y por lo tanto es nulo cualquier acuerdo que limite su uso.  La unica  excepción se da cuanto el ascensor lo pagan unos  vecinos y lo ponen con llave.  En este caso solo lo usan los que han pagado y si quieren pagar tendrán que paragar u parte prooporcional.  No les podran impedir el uso siempre que paguen.   SI NO PAGAN NO USAN

 

 

 

 

 
M
Mel19
01/06/2020 21:11

 Procure hacer la compra por lotes de bajo peso, su delicada espalda no se resentirá y sus piernas y su corazón se lo agradecerán.  

 
F
fmlreg
01/06/2020 17:37

carolinevega dijo:

Si, entiendo que sea su opinion dado que dicho acuerdo a usted le perjudica, pero la ley es así

Sí, eso, para mi desgracia, lo entendí. Gracias a ambos por su ayuda.

 
carolinevega
carolinevega
01/06/2020 16:41

Si, entiendo que sea su opinion dado que dicho acuerdo a usted le perjudica, pero la ley es así

 
F
fmlreg
01/06/2020 15:26

carolinevega dijo:

Pues es totalmente de sentido comun, dado que el salvaescaleras es un elemeto obligatorio para la eliminacion de barreras arquitectonicas para personas mayores o con minusvalia.

Y su instalacion se efectuó por eso mismo, no para montacargas

Si, si entiendo perfectamente por qué lo dicen, pero me parece absurdo negar su uso hasta que empujar el carro por las escaleras produzca una lesión que te convierta en persona con movilidad reducida. Pero es mi opinión.

 
carolinevega
carolinevega
01/06/2020 15:17

Pues es totalmente de sentido comun, dado que el salvaescaleras es un elemeto obligatorio para la eliminacion de barreras arquitectonicas para personas mayores o con minusvalia.

Y su instalacion se efectuó por eso mismo, no para montacargas

 
F
fmlreg
01/06/2020 15:00

Causae_Fincas dijo:

Totalmente legal y de sentido común.

Gracias por la información, no comparto que sea de sentido común teniendo en cuenta las características del patio, pero agradezco me haya resuelto la duda.

 
F
fmlreg
01/06/2020 13:45

carolinevega dijo:

Pues solicite que le muestren dicho acuerdo

Eso he hecho, pero me gustaría saber si en caso de existir sería legal. 

Gracias por contestar :)

 
carolinevega
carolinevega
01/06/2020 13:25

Pues solicite que le muestren dicho acuerdo

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento