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saray23
05/11/2012 12:41

obras ilegales en comunidad

¿Quién debe arreglar el patio de luces con filtraciones en el local de abajo?

7.107 lecturas | 4 respuestas

hola a todos, soy la presidenta de una comunidad de vecinos. actualmente tenemos un problema, hace muchos años se realizo una reforma en el patio de luces por el dueño del local de abajo, sin autorización de los vecinos. el problema es que ese patio esta mal hecho y ahora se filtra el agua en el local de abajo. el dueño del local no quiere arreglarlo puesto que dice que pertenece a la comunidad. mi pregunta es ¿quien debe arreglar el patio?¿las obras que se realizan sin autorización de la comunidad prescriben? ¿que debemos hacer? 

un saludo, gracias

 
planosalacarta
planosalacarta
18/11/2012 09:51

Tienes razón.

Lo que argumentaba en mi post anterior era entendiendo que se trataba del caso típico en el que el local del bajo techa el patio de luces ganando superficie, pero releyendo el post inicial veo que no se trata de eso.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
17/11/2012 18:29

Es un patio de luces... con lo que (si mi lógica no me juega malas pasadas) es un bajo.

Qué ocurre??? El usufructo de ello lo tiene el bajo, pero la propiedad es de la comunidad.

Quien lo tiene que arreglar??? La comunidad.

Que antes lo ha arreglado el propietario y ha salido mal??? Vale... Y??? La comunidad se ha manifestado en contra??? No.

Entonces puede suceder dos cosas: o bien la cuestión ha prescrito (con lo que la comunidad debe de pagar las obras) o bien al no manifestarse en contra aceptaron el arreglo (con lo cual la comunidad debe pagar las obras)

Lo que no puede hacer el bajo en el patio de luces es techarlo sin el consentimiento de la comunidad. Y si lo ha hecho, ese techado le corresponde al propietario (pero a mi entender, y tendría que mirarlo, el techado significaría que el bajo tendría más metros cuadrados)

Salu2.

 
planosalacarta
planosalacarta
17/11/2012 15:43

Aunque hayan pasado diez años, para declarar la prescripción de esa construcción el dueño del local debería poder probar la antigüedad de la obra, cosa que muchas veces es difícil ya que suelen ser obras ilegales.

Pero considero que es tema aparte quién debe pagar la obra. Una cosa es si ha prescrito o no la actuación y otra cosa es que "pertenezca a la Comunidad", cosa que no puede ser así pues seguro que en ningún párrafo de las escrituras de división horizontal o de los estatutos se habla de esa cubierta. Si fuera de la Comunidad, podríais hacer lo que quisiérais con esa cubierta (no voy a dar ideas...).

Es la misma situación que los miles de cerramientos particulares de terrazas y áticos de nuestro país. Por muy antiguos que sean, la Comunidad nunca va a tener responsabilidad alguna sobre estos cerramientos.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
16/11/2012 23:11

Si han transcurrido más de 10 años y la comunidad no se ha manifestado en contra (en actas por ejemplo) sí prescribe.

Y la obra la tiene que hacer la comunidad.

Salu2.

 

Fin del hilo
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