Buenos días a todos,
Se podría impugnar una reunión que se celebró en Junio de este año 2012? o existen plazos para hacerlo?
Gracias.
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No os olvidesis de decir que para poder impugnar debería haber salvado el voto en la junta y estar al corriente de pago.
Si los acuerdos adoptados son contrarios a las leyes o a los Estatutos el plazo de impugnación es de un año.
El plazo para impugnar es de 3 meses a contar del dia de recepción del acta de la junta.
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