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E
elepeeme
03/01/2013 19:07

Reparto de gastos por sentencia

¿En cuáles de las condenas dictadas por el juez debo participar como propietario del piso tercero?

6.187 lecturas | 5 respuestas

Soy propietario del piso tercero de una propiedad de 5 vecinos.En el piso cuarto existe una terraza(de la comunidad) la cual produjo daños en mi piso (3º)por filtraciones de agua. Por mi denuncia el juez dicta sentencia condenando a la comunidad a:

1-Reparar la terraza del piso 4º(comunitaria)

2-Pagar los daños en mi piso (3º) (mi propiedad)

3-Pago de costas judiciales

En cuales tengo que participar y en cuales no
 

 
M
MACADI
15/01/2013 16:39

elepemme:

Al final han reparado algo de lo que dices. O sigue todo parado.

 

El juicio lo tenía que haber iniciado la comunidad contra la vecina, dado que es ella la que impide el acceso y no permite las reparaciones. que si tienen seguro los tendría que cubrir.  Pero ya sabemos la dejadez por parte de los miembros de juntas de propietarios (presidente y vocales); mientras no les afecta a ellos no hacen nada.

 
M
MRV
15/01/2013 12:11

Pasacero, si la vecina que tiene que permitir el acceso no lo da, la única manera de intentar conseguir entrar es por órden judicial.

   Dices que el seguro perite y se deje en sus manos.  ¿que te hace pensar que la vecina del cuarto va a permitir al perito de seguro pasar a la terraza sin orden judicial? ¿qué te hace pensar que deje pasar a las personas que vayan a efectuar las obras de reparación?  Ya te han dicho que no atiende a razones y no deja pasar a NADIE.

 
P
Poster Pan
15/01/2013 08:58

es increíble como se pasan algunos con las respuestas y los disparates que hay que leer de algunos enterados que prejuzgan sin piedad a todo hijo de vecino. Obviamente este señor, elepeeme, si ha denunciado a su comunidad, es porque ha intentado todas esas vías que más arriba el 'pasado de cero' señala. Se encontraría, como muchas veces ocurre, paralizado. Porque muchas veces ante un vecino muy arrojado el resto recula, y ni administrador, ni presidente, ni camara de la propiedad ni nada de nada. Sólo queda el juez. Así que la consulta planteada muy educadamente por elepeeme tiene todo su sentido. Mi consejo, deje de acudir a foros como este y vaya donde su abogado, él le dirá lo que debe y no debe pagar.

 
F
Fixin
08/01/2013 10:24

Madre mía lo que hay que leer. Mire, ya puestos que ejecuten a la señora, para que van a perder el tiempo en incapacitarla ... en fin.

Usted, al demandar a la comunidad, no tiene que hacer frente al pago de las costas, eso si, no sería suficiente con que usted, en ejecución de sentencia, pretenda excluir la aplicación de las cuotas correspondientes sobre los gastos judiciales que proporcionalmente le correspondan conforme a su coeficiente, sino que será necesario instar la impugnación judicial del acuerdo por el que se pretende imputar ese gasto indebido.

La vecina del cuarto está obligada ya que el art. 9.1 d) LPH establece la obligación de permitir la entrada en su piso o local para realizar las labores de mantenimiento, reposición y reparación precisas en los elementos comunes, sin que sea preciso constituir para ello una verdadera servidumbre, sino cumplir con una obligación 'ob rem', como es la derivada del referido artículo.


 

 
E
elepeeme
03/01/2013 20:29

Tampoco es tan facil, la vecina del cuarto, usufructuaria de la terraza no atiende a razones y no deja pasar a nadie , ni a ver la terraza ni a repararla, por eso tuve que llevarla a juicio.

 

Fin del hilo
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