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L
limb
21/02/2013 14:22

PROCEDIMIENTO RECLAMACION MOROSOS

¿Por qué los administradores de comunidades evitan iniciar procedimientos judiciales contra vecinos morosos?

8.548 lecturas | 18 respuestas

Buenas tardes, en mi comunidad hay algún caso de vecinos morosos, todos los años en la junta se acuerda iniciar el procedimiento vía judicial y nunca se hace.

Un poco cansado de esta situación fui a hablar directamente con el administrador y me explicó que no se denuncia porque en cuánto se convoca la reunión en la que se incluye en el orden del día la reclamación vía judicial con las cantidades correspondientes, el moroso hace un pago, y que, aunque ese pago solo sea de un céntimo, hay que volver a iniciar el procedimiento porque no figuran correctamente las cantidades. Me contestó literalmente "es gente que se las sabe todas y no se puede hacer nada..."

Me gustaría saber si esto es verdad o es que los administradores tratan de evitar iniciar el procedimiento judicial, he estado en varias comunidades y en todos he visto la misma actitud en estas situaciones.

Muchas gracias

 
arfegestion
arfegestion
08/04/2013 12:58

Buenos días Pragu me parece perfecto, si has podido, así es como deberían de ser, si fuéramos todos competentes nos ahorraríamos muchos costes, lo malo empieza cuando se pasa de la Comunidad y no quiero decir cargos, porque pueden ser los propios vecinos.

 

Lo dicho si fuéramos competentes nos ahorraríamos muchos costes.

Esa es una buena práctica Constructiva Pragu, animo y adelante.

ARFE GESTIÓN
Gestión Integral de Comunidades y Alquileres.
Valencia
info@arfegestion.es 961 339 043
www.arfegestion.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
P
pragu
07/04/2013 17:15

Administraciones MAXQUEFINCAS.

Pues yo conozco a muchas Administradoras y todos llevan comisiones de sus Colaboradores y además de aquella manera.....

Si va hacer algún trabajo en la Comunidad empresas enviadas por el Administradora siempre están un 20/25 % mas caro, que si el propio Presidente busca la empresa directamente.

Yo fui 5 años presidente de Comunidad y se lo que digo y además tengo conocimiento en construcción.

Cuando yo fui nombrado Presidente lo primero que hice fue hacer una pequeña auditoria, pues tengo también conocimientos contables y me lleve los talonarios de cheques para mi casa, toda la base de Datos de los clientes.

Solo tenia 1.536,00€ la comunidad cuando empecé, cuando acabe tenia un saldo de 8.800,47€ y efectué muchos trabajos Importantísimos como: EXTINTORES EN TODOS LOS PISOS, LUCES DE EMERGENCIA EN TODO EL EDIFICIO,LIMPIEZAS DE ALJIBE, ETC.

El edifico tiene 56 vecinos.

Todo esto fue gracias al esfuerzo de la vice presidente y yo, negociar cada año con la Empresa de Ascensores, Empresa de Seguros,estar vigilantes al consumo de Agua (pues era comunitaria) y estar un poco implicado  en la Comunidad para todo lo necesario.

 

 
arfegestion
arfegestion
04/04/2013 12:56

Lo 1º, estaría en saber de quien es la plaza de garaje y eso se puede conseguir en el catastro, mediante una nota Simple, a partir de ahí, con sus nombres y apellidos a localizarlo, o como dice fixin comunicarlo en el tablón de anuncios.

Saludos

ARFE GESTIÓN
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Monitorio.net
Monitorio.net
04/04/2013 11:29

Desconozco lo que se dice en el foro en relación a la LOPD

Sin embargo, si puedo decirle aquello que dice el Consejo General del Poder Judicial, que textual:

"...se efectuará la notificación mediante la colocación del acuerdo adoptado, durante tres días naturales, en el tablón de anuncios de la comunidad o en un lugar visible de uso general habilitado al efecto, con expresión de la fecha y los motivos por los que se procede a notificar de
esta forma."

El enlace de la página donde podrá encontrar el documento:

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Atencion_Ciudadana/Guias_para_ciudadanos/El_proceso_monitorio_para_comunidades_de_propietarios

 

 
P
pote314
04/04/2013 11:16

Si que tenemos , pero leí en este mismo foro que eso va en contra de la ley de protección de datos

 
Monitorio.net
Monitorio.net
03/04/2013 23:25

La obligación de facilitar el domicilio es del propietario (sea vivienda, parking, local, etc).

En caso de desconocimiento, será suficiente publicarlo en el tablón de anuncios de la Comunidad que servirá a todos los efectos para una reclamación judicial

 
F
Fixin
03/04/2013 11:39

pote314 dijo:

Vale,entendido para el que no quiere recibir el burofáx, pero para el otro,el que no facilita su dirección,el problema es que se trata de una comunidad de garaje, de plazas. Su propietario se mudó y no consta domicilio ninguno.No sé a dónde mandar el burofáx. 

 

 

Tienen tablón de anuncios???

 
P
pote314
03/04/2013 00:54

Vale,entendido para el que no quiere recibir el burofáx, pero para el otro,el que no facilita su dirección,el problema es que se trata de una comunidad de garaje, de plazas. Su propietario se mudó y no consta domicilio ninguno.No sé a dónde mandar el burofáx. 

 
E
elbonsai
27/03/2013 23:02

que los morosos no recojan el burofax no significa que la comunidad no pueda emprender proceso monitorio contra ellos. El juzgado lo que pide para dar curso al proceso es: copia del acta donde se acureda proceder contra los morosos, certificado del presidente donde se refleje la cuantía de dicha deuda, copia del burofax que se le envía al moroso. Con todo esto y el formulario qu el juzgado le facilita para el proceso monitorio es suficiente para empezar el proceso, eso side los documentos que he dicho debe presentar una copia por cada vecino moroso que vayan a demandar. En cuanto a lo del vecino que no facilita su nueva dirección, pues puede usted estar tranquilo a efectos de comunidad y legalidad el domicilio para notificaciones a los propietarios será el que ellos faciliten y sino facilitan ninguno diferente al del piso o local que forma parte de la comunidad se entiende y considera dicho piso o local como domicilio de notificaciones.Por lo tanto es allí donde se debe remitir las notificaciones aunque usted sepa que no es su domicilio actual.

 
P
pote314
27/03/2013 15:51

Una salvedad:

En mi comunidad hay un moroso que simplemente no recepciona el burofáx y por lo tanto no se da por enterado de la deuda.Ni que decir tiene que no acude a las asambleas.

Hay otro que tiene alquilada su propiedad y no quiere facilitar su dirección nueva.

¿Cómo se les puede notificar la deuda?

 

Gracias

 
N
nisica
23/02/2013 19:36

Eso te honra mucho limb. A veces cabreados solemos generalizar pero hay de todo en la viña del Señor. De todas formas para mi ha sido todo un gesto bueno la ayuda de MAXQUEFINCAS, al que me gusta leer y consultar. 

Un saludo..

 
L
limb
23/02/2013 13:22

Muchas gracias, disculpe, quizás delincuente no es la palabra más adecuada para referirse a aquellos administradores que,en lo referido al cobro de morosos,  tratan de evitar la ejecución de decisiones que se acuerdan en las juntas y que benefician a aquellas personas que les pagan los honorarios, pero bueno, eso es lo que he visto en los cuatro casos que conozco y que a lo mejor no sabía exactamente como calificarlo, pero lo considero algo mas grave que la incompetencia o la irresponsabilidad.

 
MAXQUEFINCAS
MAXQUEFINCAS
22/02/2013 15:06

limb dijo:

Muchas gracias, me he movido por varias comunidades con distintos administradores y no he conocido a ninguno que no sea un delincuente. Solo me queda una duda, ¿es necesario enviar el correo certificado al moroso? gracias de nuevo por anticipado

 

Perdoneme pero se ha movido usted poco. Una cosa es que no esté de acuerdo en la forma o manera de proceder de un administrador y otra diferente es llamarle delicuente, y menos generalizar. Eso se lleva a los tribunales, se demuestra y listo.

Por dar respuesta a su consulta le diré que para iniciar el proceso monitorio es necesario en Junta General liquidar la deuda del propietario mediante la aprobación de la misma por la mayoría de los propietarios. Se le debe hacer el aviso al propietario mediante escrito, si el propietario no satisface la deuda o lo hace en parte puede iniciarse el proceso monitorio y para ello el administrador deberá confeccionar el certificado de deudas con la Comunidad que deberá presentarse en el Juzgado de Primera Instancia.

No es necesario volver a liquidar la deuda en otra nueva Junta General bastará actualizar el certificado del administrador.

Le anexo un link al Esquema del Procedimiento Monitorio existente en la Wikipedia (HAZ CLICK AQUI)

En su caso en el diagrama el Secretario se iría por la línea "Cantidad Reclamada no es correcta" y será el Juez por Auto quien decidirá si continúa o no el proceso.

Un saludo.

Administraciones Maxquefincas
Máximo Mateo Rentero
Colegiado 9.953 CAF Madrid
C/Parque de Bujaruelo nº 7, 1º A 28924 Alcorcón
Telefono: 917127948/ 699132938

email: adminstraciones@maxquefincas.es
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L
limb
22/02/2013 10:32

Muchas gracias a los tres por las respuestas tan detalladas.

 

 
E
elbonsai
22/02/2013 00:04

Totalmente de acuerdo con los comentarios anteriores respecto al envío de burofax. Yo envío el acta por correo certificado, además de meterla en el buzón del moroso. Posteriormente el secretario de turno redacta certificación de la deuda del moroso, lo que le envió por burofax al susodicho una vez recibido de correos el reporte de entrega o no recogida del burofax, empiezo proceso monitorio y la cosa empieza a funcionar, es bueno decir en la junta que el proceso monitorio permite a la comunidad pedir intereses por la deuda y que lógicamente si se llega a emprender proceso monitorio contra los morosos la comunidad hará uso de ese derecho.

 
B
buzomadrid
21/02/2013 18:00

Dices mandarle un correo certificado, te cuento que existen personajes tan acostumbrados a no pagar nunca, que con tu buena intención de preocuparte por tu comunidad le mandas un certificado, esto ha ocurrido y está ocurriendo, (CONTESTA EL MOROSO), si; me han mandado un certificado PERO estaba vacio, no tienes nada para poder demostrar que le has mandado UNA notificacion.

SOLUCIÓN, aunque sea un poco mas caro aprox 30.00€, mandarle un BUROFAX CON CERTIFICACION DE TEXTO Y ACUSE DE RECIBO, con eso no pueden alegar nada.

 
L
limb
21/02/2013 17:32

Muchas gracias, me he movido por varias comunidades con distintos administradores y no he conocido a ninguno que no sea un delincuente. Solo me queda una duda, ¿es necesario enviar el correo certificado al moroso? gracias de nuevo por anticipado

 
E
elbonsai
21/02/2013 15:47

Sinceramente su administrador le ha contado una milonga. Veamos en el orden del día de la junta se incluye el punto de actuar contra los morosos. Llegados al día de la junta en presidente llevará a la misma la cantidad que adeuda el moroso . Se trata el tema y se acuerda proceder contra el moroso reclamandole la deuda que tenga contraida AL DIA DE EMPRENDER EL PROCESO.. Se envia el acta de la junta por correo certificado para que conste la notificación de la misma y se empreden los tramites del proceso monitorio. Eso si un consejo, si la deuda no supera los 2000 Euros, no se precisa de abogado ni procurador, por lo que les aconsejo que no delegen en el administrador la realización del proceso monitorio dado que este no aceptara a buen seguro gestionarlo sin que sea a traves de estos y en ese caso correrá la comunidad con el gasto de estos profesionales, es mejor que el presidente se ocupe del tema que es sencillo y en el juzgado le informaran de todos los pasos a seguir. La verdad es que cada día los administradores reflejan mas su abuso e incompetencia.

 

Fin del hilo
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