En la última Junta de la Comunidad y, para solventar la operativa de la Admon. de la Finca en algunos asuntos, se constituyeron Comisiones de trabajo de inscripción voluntaria.
Una de ellas, formada por dos vecinos, recibió el encargo de la Comunidad de solicitar la tala de 3 árboles secos del jardín y la poda (sólo poda) de algunos otros árboles y arbustos cuyo crecimiento invadía la vía pública y fincas adyacentes, con el objeto de evitar daños a transeuntes.
El resultado de la acción emprendida por la Comisión, junto con la Empresa de Jardinería contratada, ha sido desolador: no sólo se talaron los árboles solicitados sino otros muchos que estaban en perfecto estado (tilos, prunos) así como se han arrancado de raíz, madreselvas, palmeras, hiedras, adelfas, arizónicas y otras plantas de ornamentación.
Un integrante de la comisión aduce que se plantarán nuevos árboles, y que el jardín quedará fantástico. De nada de esto se habló ni autorizó en la Junta.
Solicito su asesoramiento sobre los siguientes aspectos:
1.- ¿Legalmente se puede hacer algo así (tala de árboles y arbustos) sin autorización municipal? ¿Pueden denunciarnos y multarnos?
2.- ¿Podemos denunciar a los vecinos causantes del destrozo por extralimitarse en sus funciones y provocar daños irreversibles en zonas comunes?
3.- ¿Puede el Presidente negarse a pagar las facturas que la Empresa de Jardinería presente por los trabajos no aprobados en Junta?
4.- ¿Quién debe acometer los gastos que se generan ahora para devolver el jardín a un estado decente?
5.- ¿Pueden los dos miembros de la Comisión asumir sin consultar la reforma profunda del jardín?
6.- ¿En caso de denuncia municipal, tenemos que asumir el resto de los vecinos el pago de la misma?
Muchas gracias por su tiempo, atención y comentarios.