Pues efectivamente se puede suprimir ese servicio con 3/5 de los propietarios a favor, contabilizando los ausentes como votos positivos.
En cuanto al cálculo de las cuotas se puede hacer de tres formas diferentes:
1.- Por reparto de presupuesto. Se multiplica el presupuesto por el coeficiente de participación.
2.- Por gastos reales. Se suma mensualmente los gastos habidos y se multiplican por el coeficiente de participación.
3.- Por cuota fija: se cobra una cantidad fija a cada propietario convenida.
Si no se ha decidido en Junta no se puede suprimir y habrá que adecuar las cuotas a la ausencia del gasto de lo contrario habría superávit que habría que decidir si queda como reserva o se reparte entre los propietarios. Pero ya digo las dos cosas hay que decidirlo en Junta.
Lo normal es que ante los números rojos se adopte primeramente en Junta Extraordinaria la supresión del servicio y después una vez finalizado el ejercicio económico la revisión de las cuotas, ya en la Junta Ordinaria..
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Máximo Mateo Rentero
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