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estevifer
09/05/2013 21:00

Comunidad en guerra: ¿Pago por coeficientes o cuotas iguales?

¿Es obligatorio pagar las cuotas de la comunidad según coeficientes?

18.393 lecturas | 9 respuestas

Hola a todos. Pues como muchos vivo en una comunidad desde hace dos años en la cual todo se ha hecho a su manera y sin seguir las leyes.

El asunto es que desde siempre han pagado cuotas iguales todos; pero desde hace hace 5 años un vecino cambió los pagos según coeficientes  y  así se viene haciendo desde entonces, con el cabreo de los vecinos que ahora pagan más y no paran de quejarse y ya me aburren!!

He comprobado y no tienen estatutos registrados y en el título constitutivo dice que la comunidad se regirá según la LPH, pero en el acta constitutiva del libro de actas hay un apartado que pone estatutos y a continuación una serie de normas que la mayoría no proceden a figurar en dichos " estatutos¨" y con respeto a reparto de pagossólo  pone lo siguiente:

-Se acuerda  pagar , a esta comunidad de vecinos 3000 ptas anuales, por cada propietario de cada piso o bajo, que serán abonados en el primer mes del año en la cuenta corriente de la comunidad.

Y está firmado por todos los propietarios de entonces.  ¿Tiene  alguna validez?  ¿Obliga esto a volver a pagar a partes iguales? Estoy hecha un lío... es muy importante para nosotros.

GRACIAS!smiley


Editado por estevifer 09/05/2013 21:13
 
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PEPE123
15/05/2013 23:44

Continuamente nos pones ejemplos que, por exagerados para que cuadren tus explicaciones, son totalmente irreales, lo que, evidentemente, no nos conduce a nada.

Además, habitualmente a los locales no es que se les asigne una cuota muy baja o simbólica como dices, se les asigna una cuota "normal", pero se les exime de ciertos gastos, que es muy distinto. Y así queda eliminado ese efecto absurdo que pretendes explicar con los ejemplos, como el último.

Ya he comentado antes en este post que, en toda la LPH no se habla para nada de gastos por coeficiente de propiedad, y sí se cita constantemente y de forma reiterada el reparto en función de la cuota de participación. Es bastante raro que debiendo ser pagados algunos gastos extraordinarios, como tú defiendes, por coeficiente de propiedad, la LPH no diga absolutamente nada del tema.

Por último te diré que, por motivos que no vienen al caso, conozco bastantes comunidades y en ninguna, repito en ninguna, he visto jamás, durante muchos años, que algún gasto se haya pagado por el coeficiente de propiedad y no por cuota de participación.

En cualquier caso, creo que no vamos a llegar a ningún consenso en este tema concreto, por lo que, por mi parte, doy por cerrado el tema.

Saludos

 
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PEPE123
15/05/2013 18:17

No te entiendo.

Dices que estás de acuerdo en todo, salvo en una cosa, el tema de que los locales deben pagar limpieza escalera, etc, SALVO que conste la exención en estatutos, acuerdo, etc. Creo que opinamos igual.

Pero en lo que yo creo que discrepamos Antiquo y yo es que haya que pagar cuotas extraordinarias por coeficiente de propiedad en vez de por cuota de participación.

 
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PEPE123
14/05/2013 19:49

Estoy en la misma línea de opinión que Antiquo, y así lo entendí en la lectura del extenso estudio que figura en este post, sólo se usa la cuota de participación para el reparto de gastos y para la doble mayoría de cuotas y votos. Y  me pareció entender que el coeficiente de propiedad sólo se usaría en el caso de extinción de la comunidad, y no sé si en algún otro caso especial.

De hecho, el autor de ese estudio insiste bastantes veces en que la LPH cita de forma constante en varios artículos la cuota de participación y no habla nunca del coeficiente de propiedad.

Y por eso decía en mi anterior intervención

".........Otra cosa es que se piense, ¿en una futura actualización de la LPH?, que para ciertos gastos debería usarse el Coeficiente de Propiedad, aunque probablemente esto incorporaría mayor complejidad y quizá dudosa eficacia". .

Yo así lo entiendo.

Saludos

 
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PEPE123
14/05/2013 11:20

Lo que deja claro este estudio es que hay dos conceptos claramente distintos, Coeficiente de Propiedad y Cuota de Participación (*).
Pero también deja claro que el primero no se usa para "nada" relacionado con el sostenimiento día a día de la comunidad. Es la Cuota de Participación la que se usa para repartir los distintos gastos (o ingresos), con independencia de que sean ordinarios o extraordinarios, así como para el cálculo de las mayorías en las votaciones. Podríamos decir que, a todos los efectos, durante la vida de una comunidad el Coeficiente de Propiedad no existe.
Por eso decía en mi primera intervención, aunque quizá lo expresé bastante mal, que no hay que hacer distinciones entre dos tipos de variables , cuando estamos hablando de repartir gastos, solo existe una, la Cuota de Participación, aunque muchas veces se usan distintas expresiones (cuota, coeficiente, porcentaje de gastos) al referirse a ella. Otra cosa es que se piense, ¿en una futura actualización de la LPH?, que para ciertos gastos debería usarse el Coeficiente de Propiedad, aunque probablemente esto incorporaría mayor complejidad y quizá dudosa eficacia. .
(*) Simplemente remarcar que cuando hablamos de Cuota de Participación deberíamos hablar de Cuota o Cuotas, ya que en algunos casos existen (estatutariamente o por la escritura de división horizontal) varias cuotas, por grupos de gasto, subcomunidades, etc, en función de la tipología de la comunidad.
 

 
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PEPE123
13/05/2013 17:22

Creo que estás en un error, cuando hablas de coeficiente y cuota, como dos conceptos diferentes.

La LPH sólo contempla uno, la cuota  de participación (aunque a veces se le llame coeficiente), y así la define en el artículo 3:

"A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo. Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. Las mejoras o menoscabos de cada piso o local no alterarán la cuota atribuida, que sólo podrá variarse por acuerdo unánime."

Y esta cuota se aplica PARA TODO, no hay que hacer distinciones entre gastos ordinarios y extraordinarios, derramas, etc.

Y los ejemplos de pisos con los mismos metros pero diferentes características no valen, ya que para el cálculo de la cuota de participación se tienen en cuenta no solo los metros, sino también otras características, y viene definido en el artículo 5 de la LPH

"En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o por resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes."

 
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estevifer
10/05/2013 23:40

Estoy muy agradecida por tu interés Antiquo.

Adoro este foro por gente como tú. yes

 
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estevifer
10/05/2013 13:47

Gracias, me has aclarado un montón!

-Nadie impugnó por lo que dices, vamos,  por total ignorancia y dejadez porque, aunque no paran de quejarse ninguno se ha preocupado ni  de informarse lo más mínimo y no hacen más que discutir pero nada más.

-Aunque cuando se cambió a coeficientes no dejaron escrito nada en acta  (esta comunidad es muy informal), fue todo verbal  y aunque tuvo y tiene  fuertes detractores todos empezaron a pagar por coeficientes y así seguimos.

-¿Al ser verbal y no dejar escrito cambia las cosas?

-El 2º punto no me queda muy claro con lo de retraso desleal,¿ podría alguien aclararmelo con respecto a este caso?

Gracias de antemano!laugh

 
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estevifer
09/05/2013 23:49

Gracias por responder. 

Pero en el acta constitutiva figuran unos acuerdos firmados por todos por unanimidad a los que titulan "Estatutos" (aunque de estatutos tienen poco ) entre los que se incluye este y copio literalmente:

Cita:

-Se acuerda pagar , a esta comunidad de vecinos 3000 ptas anuales, por cada propietario de cada piso o bajo, que serán abonados en el primer mes del año en la cuenta corriente de la comunidad.

Lo que no tengo claro, es que como en su día aprobaron que ´se pagarían 3000 ptas todos por igual, no sé si debería seguir pagando por igual aunque hoy pagamos otras cantidades claro.blush

 
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elbonsai
09/05/2013 23:24

No no obliga, el pago por coeficientes es el correcto. Para cambiar a pagar a partes iguales tendrian que acordarlo en junta y el acuerdo tendría que ser por unanimidad de todos los propietarios , es decir que todos deberían de votar que SI  al pago a partes iguales. Es lógico que los que pagan mas acostumbrados al pago a  partes iguales ahora protesten, pero no olvide que pagan mas porque asi lo marca su coeficiente y lo que deberían es estar contentos por los años que han pagado menos de lo que les correspondia.

 

Fin del hilo
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