Buenos días.
Normalmente los gastos corren a cargo de la Compañía Suministradora, eso sí, como comentan se debe solicitar y aprobar por los vecinos de acuerdo con el art.17 de la L.P.H. , dependiendo de si esta reflejado en los estatutos o no, la alimentación mediante gasóleo.
Otra cuestión es que se plantee si sale más económico ya no para ese vecino solamente, sino para la Comunidad, es cuestión de aprovechar y estudiarlo.
Saludos