SOMOS UNA COMUNIDAD DE MAS DE 300 VECINOS DONDE EN LOS ESTATUTOS LA PROMOTORA NOS PUSO QUE LA TERRAZA SOLO SE PUEDE UTILIZAR PARA MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES Y NO NOS DEJAN INSTALAR TENDEDEROS, HAY QUE DECIR QUE ES TRANSITABLE CON SUELO DE BALDOSA ¿ COMO SE PODRIA PERMITIR QUE SE INSTALARAN DICHOS TENDEDEROS Y SE PUDIERA UTILIZAR PARA TAL USO?.
SALUDOS
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¿Y no habría posibilidad de que fuera votación con mayoría de 3/5 partes por ser modificación de uso de una zona comun.?
No obstante, imagino que para cambiar los estatutos también tendría que ser por unanimidad.
saludos
Si ese uso restringido está recogido en estatutos solo podrá utilizarse para el fin que apunta realizando una modificación de los mismos y eliminando la restricción.
Para ello deberá ser aprobado por la unanimidad de los propietarios.
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