Incluir un asunto en el orden del día es un derecho que tienen todos los propietarios (artículo 16.2 de LPH).
El Presidente es el cargo responsable al que hay que dirigir la solicitud.
A veces por la insistencia de vecinos que están siempre erre que erre hasta que se salen con la suya como los niños chicos. Otras veces porque hay nueva información a tener en cuenta.
Lo importante es ir a las convocatorias y votar. En los asuntos que sólo se necesita mayoría de votos y coeficientes de los presentes y representados (en 2ª convocatoria) si no vas, estás delegando en los que sí están presentes, es decir, estás de acuerdo con lo que decidan.