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A
Aitor-40
17/05/2022 09:41

Votar y volver a votar

¿La reelección en la votación sobre el cierre de la piscina fue permitida?

1.843 lecturas | 6 respuestas
Hola,en su día se voto para cerrar la piscina por el COVID, ése mismo verano salió creo que en el BOE que se podía usar las piscinas pero con ciertas limitaciones,en cuanto salió la ley los vecinos pidieron hacer otra reunión para volver a votar para abrir la piscina y salió la votación que se abría la piscina, mí lógica me dice que cuándo se vota por una cosa no se puede volver a votar por la misma cosa, gracias y un saludo.
 
carolinevega
carolinevega
21/05/2022 20:43
La LPH en ninguno de sus articulos dice que no se pueda volver a votar un tema tratado y votado anteriormente.
Primero, si se puede votar y volver a votar aunque no tiene sentido alguno un tema de "abuso de derecho".
Una cosa es votar y otra aprobar, y si se aprueba, pues se impugna
El tema que ha puesto de los patinetes, se podra votar igualmente
Nos puede indicar como según usted indica en que art. de la LPH lo indica?
Usted misma se contradice, ya que indica que no se puede votar, pero que si se vota se impugna. Pues entonces si han votado.
No todas las obras de los portales necesitan 3/5, muchas son obligatorias.
Y lo lógico y lo normal es aprobar la obra y realizar una derrama.

 
C
cebollista
21/05/2022 17:23

Hay que recordar que una vez adoptado un acuerdo por la Junta de propietarios, el acuerdo es ejecutivo y comienzan los plazos para su impugnación previstos en el artículo 18 LPH. Si el acuerdo no ha sido impugnado en dichos plazos, será muy difícil que con posterioridad pueda ser modificado en otra Junta posterior.

 
PAULADELAVEGA
PAULADELAVEGA
21/05/2022 16:08
Buenas Aitor,
Bien es cierto que toda decisión que ha sido tomada en junta de vecinos ha de ser respetada por el resto de vecinos, pero hay qie diferenciar aquellas revotaciones que supongan un "abuso del Derecho", como asi viene siendo denominado por la jurisprudencia, de aquellos otros casos que no constituirian un abuso. Para que puedas aplicar correctame te el criterio que se sigue, debes saber que no se pueden volver a votar aquellos asuntos que puedan producir un daño a uno o varios comuneros, como que se permitan actividades molestas, insalubles y peligrosas. Te pongo un ejemplo, en una urba se vota y aprueba que los niños no pueden jugar en las zonas peatonales con patinetes, bicicletas, etc. Siempre aparecen vecinos nuevos que permiten a sus hijos estas actividades sin importarles que molesten al resto. Esto no podria volver a votarse, porque ademas de haberse aprobado ya, lo contempla la Ley de Propiedad horizontal. Su revotacion y aprobacion constituiria un abuso del derecho y el acta podria ser impugnada. Ahora bien, supongamos que se vota una obra para arreglar el portal y no es aprobada bien por falta de fondos, o cualquier otro motivo, y no se obtienen las 3/5 partes necesarias. En este caso, transcurrido un tiempo se plantea de nuevo, y se procede a su votacion y se aprueba. Aqui no habria abuso del derecho pues todo aquello que suponga un beneficio o mejora para la Comunidad y sin perjuicio de tercero, es loable y admisible.
En tu caso es perfectamente revotable la reapertura de la piscina, si las condiciones de Covid y la Ordenanza municipal en cada CC.AA lo permite, pues supone un beneficio para todos los comuneros en cuanto a su diafrute. Si tu no estas de acuerdo con su reapertura siempre tienes la opcion de no ir, pero no de impedir que otros disfruten.
Eapero haberte ayudado a entender la diferencia. Un saludo.
 
A
Aitor-40
17/05/2022 15:17
Gracias a los dos
 
carolinevega
carolinevega
17/05/2022 14:25
Pues está en un gran error, un tema se puede volver a votar cuando se quiera
 
L
luismp
17/05/2022 10:16
Se puede votar cuántas veces se quiera.
Y en el caso que comenta, lógico volver a votar, al haber cambiado las circunstancias por una ley.
 

Fin del hilo
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