Primero.- Lucia28036, antes de contestar lea usted el contenido, Asignation no fue a la junta, por lo que es imposible que alegue nada.
Segundo.- Asignation, , veo que ha hecho usted las alegaciones oportunas al administrador, y le ha contestado que a pesar de todo, lo tiene que desempeñar, pues nada, a desempeñarlo, pero a su manera.
No debe preocuparse para nada de su nombramiento oficial. Asuma usted el cargo, hasta que termine su mandato.
La LPH (art. 13.4) dice que el cargo de vicepresidente, es facultativo, es decir, sujeto a la libre facultad o potestad de cada uno.
Reflexione ¿Cuando el presidente no pueda acudir, quien le va a obligar a usted a presidir o a representar a la mancomunidad? El administrador no tiene potestad sobre usted ¿El juzgado? Tendrían antes que denunciarle. ¿Quién se va a atrever a ir al juzgado a denunciar al vicepresidente, por ese motivo?
Olvídese tranquilamente de ejercer realmente su nombramiento oficial, y cuando la llamen o convoquen, ponga siempre cualquier impedimento justificado para no acudir.
¡Ya sería el colmo! ¿Va a ir alguien a denunciarle al juzgado, porque considere que la excusa del vicepresidente no tiene justificación?