Hola Jamjm1,
Las respuestas a tus preguntas son Sí, Sí y depende.
Por lo poco que he leído del tema y siempre que no sea una obra de urgencia, el presidente (y el administador puede que también) es responsable de esa contratación y la comunidad podría actuar contra él si considera que ha habido abuso y perjuicio (se ha saltado el articulo 14c de la LPH).
No obstante, en primera instancia, la comunidad es responsable con el proveedor y es contra quien actuará este último. Por tanto, la comunidad debe pagar al proveedor por la obra realizada y posteriormente reclamar al presidente. Así que sí debes pagar la derrama. Te paso este artículo que trata del tema y está hecho por juristas y magistrados http://www.elderecho.com/civil/Debe-presupuesto-comunidad-presidente-administrador_12_510435001.html. Lo deja muy claro.
Si creéis que ha habido abuso deberías poner el asunto en manos de un profesional, los pasos serían:
1.- Contar con el asesoramiento de un profesional y valorar si realmente vale la pena seguir adelante con la demanda.
2.- Convocar una junta con ese asunto en el orden del día y el cambio de presidente/ administrador. (No creo que el presidente la convoque así que debéis uniros el 25% DE LOS VECINOS).
3.- Contratar un peritaje para valorar el importe objetivo de la obra realizada (para comprobar si hay indicios de que se ha podido actuar de mala fé).
4- Aprobar en junta que se tomen las medidas pertinentes contra el presidente, autorizando al presidente entrante a ejecutarlas.
Ahora bien en muchos casos, especialmente en los que ha habido mala fé, los proveedores actúan de la mano de presidente o administrador. Por lo que establecer como mecanismo de presión la posibilidad de una demanda, unida a negarse a pagar al proveedor puede terminar en un acuerdo previo que evite tener que llegar a tribunales. Por eso insisto que llevéis el tema a un profesional si creeis que ha habido abuso, mala fé y perjuicio.
Editado por jobac 14/07/2013 11:03