La LPH indica en art. 15.2 que la participación de los que no tienen derecho a voto no computa por lo que el cálculo hay que hacerlo entre los vecinos que tienen derecho.
Si los 9 vecinos son todos los que tienen derecho a voto se supera la mayoría de 3/5 partes y por tanto es aprobada la propuesta. Si hay vecinos que no han asistido a la reunión y tienen derecho a voto. Su voto se suma al de la mayoría a no ser que en 3o días desde la recepción del acta indiquen que están en contra del acuerdo.