En las escrituras de mi vivienda, situada en un primer piso, consta que el patio del bajo es un elemento común, sin especificar a quien pertenece su uso. Es decir, se entiende que el patio pertenece a las dos viviendas del edificio. La propietaria de los bajos insiste en constituir la comunidad (que en estos momentos no existe) y en los estatutos especificar que el patio es un elemento común de uso privativo de los bajos.
Entiendo que si hago esto renuncio al uso del patio. Pero, por otro lado, no existe ningún acceso directo desde el primer piso al patio, por lo que la vecina de los bajos compró esa vivienda sobreentendiendo que el patio era de su uso exclusivo. Alguien me podría informar sobre lo que sería más conveniente para mi? Renunciar al uso del patio o podría reclamar su uso a través de un acceso, cuya construcción correría a mi cuenta?
Gracias!